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A pesar de las críticas.

Fue ingresado a trámite legislativo el proyecto de ley del Ejecutivo que fortalece el resguardo del orden público.

El proyecto de ley, iniciado por mensaje, expresa que le corresponde al Estado la promoción del bien común y de la paz social, la que se articula a través de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, quienes son las “llamadas a intervenir a nombre del Estado cuando la tranquilidad social es alterada, ya sea […]

6 de octubre de 2011

El proyecto de ley, iniciado por mensaje, expresa que le corresponde al Estado la promoción del bien común y de la paz social, la que se articula a través de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, quienes son las “llamadas a intervenir a nombre del Estado cuando la tranquilidad social es alterada, ya sea por desórdenes, por la comisión de cualquier crimen o simple delito o cualquier amenaza a la sana convivencia”.

Observa que la Constitución reconoce el derecho fundamental de reunión, en el artículo 19 N° 13, sin embargo, “en ocasiones, el legítimo ejercicio pacífico del derecho de reunión que algunos realizan, es perturbado por otros que, sobrepasando el marco constitucional, provocan desórdenes, agreden y lesionan a los funcionarios policiales o a quienes se manifiestan tranquilamente, causan daños a la propiedad, portan y utilizan armas cortantes, contundentes, de fuego e incendiarias, y muchas veces ocultan su rostro para evadir la acción policial”, además de “saqueos y la afectación al desenvolvimiento normal de la vida diaria y la actividad del comercio en las zonas por la que transitan las marchas”.

En cuanto a los antecedentes jurídicos, el proyecto se fundó en la obsolescencia de la regulación en materia de orden público, por cuanto la “redacción del artículo 269 del Código Penal  no responde a los fenómenos sociales actuales ni a los de desórdenes públicos que enfrentamos”, lo cual se ha traducido en la difícil aplicación de la norma y en la impunidad de ciertas acciones delictuales cometidas.

La iniciativa contempla incorporar un nuevo inciso 2° al artículo 261 del Código Penal estableciendo la aplicabilidad de dicha disposición a los ataques en contra de integrantes de Fuerzas de Orden y Seguridad y funcionarios de Gendarmería de Chile. Por otra parte, se reemplaza el artículo 261 del mismo cuerpo normativo en el sentido de eliminar la pena facultativa de multa para los delitos comprendidos en dicha disposición y distinguiendo la gravedad de las distintas hipótesis para asignar la pena privativa de libertad.

Adicionalmente, se reemplaza el delito de “desórdenes públicos” del artículo 269 por una nueva figura que sanciona con la pena de presidio menor en su grado medio a los que “participen o hayan incitado, promovido o fomentado, desórdenes o cualquier otro acto de fuerza o violencia” alguna de las conductas que enumera a continuación.

Asimismo, se introducen dos nuevos artículos -269 A y 269 B- que sancionan “al que impidiere o dificultare la actuación del personal de los Cuerpos de Bomberos u otros servicios de utilidad pública, destinadas a prestar auxilio en un siniestro u otra calamidad o desgracia”, el primero, y que contiene reglas sobre determinación de la pena en “los delitos de atentados contra la autoridad, atentados y amenazas contra los fiscales del Ministerio Público y defensores penales públicos, y desórdenes públicos”.

La iniciativa plantea también la modificación de diversas disposiciones del Código Procesal Penal en materia de facultades de las Fuerzas de Orden y Seguridad, y la actualización del D.F.L. N° 7.912, que organiza las Secretarías de Estado, y la Ley de Control de Armas.

 

Vea texto íntegro del mensaje.

 

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