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En contra de intervenciones quirúrgicas.

TC de Austria falló en favor de persona intersexual y ordena cambio registral por tercer género.

La sentencia se pronuncia en contra de la realización de intervenciones médicas hasta que la persona tenga la capacidad de decidir por sí misma.

27 de marzo de 2018

Recientemente, el TC de Austria falló en favor de una persona intersexual que no se identifica ni como varón (sexo que le fue asignado) ni como mujer, y determinó que el dato que figura en el registro civil sea modificado y se incluye una tercera opción de género o, en su defecto, que dicho dato sea eliminado

Así, basándose en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de que el derecho a la propia identidad de género está englobada en el derecho a la autodeterminación personal, la sentencia considera que el registro del sexo de una persona en su certificado de nacimiento interfiere con ese derecho. En ese sentido, el alto tribunal austriaco considera que los ciudadanos no tienen obligación de aceptar asignaciones de sexo que no se corresponden con su identidad de género, incluyendo aquellas personas cuya identidad de género no se acomoda al binarismo, tal y como sucede por ejemplo (aunque no solo) con muchas personas intersexuales.

Enseguida, se aduce que en Austria no existe una obligación constitucional de registrar el sexo, aunque la Constitución tampoco lo prohíbe. En este sentido, los magistrados consideran que si el Estado opta por hacerlo convierte un aspecto de la vida privada de las personas en público, por lo que debe respetarse la libertad de estas para que el dato se acomode a su identidad de género y/o demorar dicho acto hasta que la persona sea autónoma para decidirlo.

Luego, y en cuanto a la tercera opción de género, la Magistratura Constitucional austriaca considera que la normativa actual es demasiado rígida, al permitir solo que la persona sea registrada como varón o como mujer, y que ello no permite la manifestación de identidades no binarias, como es el caso de la persona demandante. Como limitación, eso sí, el alto tribunal determina que las posibles opciones alternativas deben mantener una relación real con la vida social de la persona y no ser imaginarias.

Finalmente, la sentencia se pronuncia en contra de la realización de intervenciones médicas que tengan como finalidad atribuir un sexo determinado a la persona (salvo que dicha intervención tenga una justificación médica suficiente) hasta que esta tenga la capacidad de decidir por sí misma.

 

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

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