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Caso Amanda Knox.

TEDH condenó a Italia por interrogar a joven estadounidense sin asistencia legal por el asesinato de su compañera de apartamento ocurrido en 2007.

El fallo concluyó manifestando que Italia vulneró la prohibición de la tortura en su aspecto procesal y el derecho a un proceso equitativo.

25 de enero de 2019

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó a Italia por interrogar sin asistencia legal a Amanda Knox por el asesinato de Meredith Kercher.

Cabe recordar que la joven estadounidense pasó cuatro años en una prisión italiana tras ser condenada por el asesinato en 2007 de Meredith Kercher, ciudadana británica, mientras ambas eran estudiantes en la ciudad de Perugia. Posteriormente, las condenas a Knox por asesinato y abusos sexuales fueron anuladas. También fue hallada culpable por un tribunal italiano de hacer falsas acusaciones al sugerir supuestamente que otra persona era culpable del asesinato.

En su sentencia, el Tribunal europeo se refirió a las denuncias por amenazas y violencia física que habría sufrido Knox durante el interrogatorio, el cual además se llevó a cabo sin un abogado ni intérprete. Al respecto, indicó que las autoridades italianas no investigaron sus denuncias de haber sido sometida a tratamiento degradante, incluyendo abotearla en la cabeza e impedir que durmiera. Sin embargo, descartó que dichos hechos hubieren ocurrido. Por otra parte, si consideró que la joven fue interrogada sin asistencia legal, en un momento en que había un cargo criminal en su contra, sin ninguna circunstancia excepcional que lo justificara. Lo anterior es especialmente grave, por cuanto Knox era particularmente vulnerable, dado que se trataba de una joven extranjera, de 20 años en ese momento, que no llevaba en Italia mucho tiempo y sin hablar un italiano fluido.

De esa forma, el fallo concluyó manifestando que Italia vulneró la prohibición de la tortura en su aspecto procesal y el derecho a un proceso equitativo, consagrados en los artículos 3, y 6 N°s 1 y 3 c) y e) de la Convención Europea de Derechos Humanos. Por tanto, condenó al estado a pagar una compensación económica de 10.400 euros por daños y perjuicios a la demandante, más otros 8.000 euros por las costas judiciales.

 

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

 

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