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Recursos inadmisibles por extemporáneos.

TRICEL se pronunciará respecto de recurso de hecho en caso de reclamación de multa de ex candidato a concejal por Recoleta.

El recurrente aduce que con fecha 02 de agosto de 2017 se consultó vía telefónica al Servel sobre la presentación de escritos y recursos ante dicho organismo, señalándose que debían enviarse vía correo electrónico.

6 de noviembre de 2017

El Tribunal Calificador de Elecciones se pronunciará sobre el recurso de hecho interpuesto contra la Resolución N° G13404 del Servel, que declaró inadmisibles por extemporáneos los recursos de reposición y de reclamación deducidos en contra de la Resolución N° G10342, que dispuso aplicar multa y aprobar la cuenta general de ingresos y gastos electorales de un ex candidato a concejal por la comuna de Recoleta.

Cabe recordar que la resolución impugnada declaró inadmisibles los recursos por cuanto fueron presentado el día 04 de agosto de 2017, en circunstancias que la Resolución N° G10342 fue notificada al candidato con fecha 27 de julio del presente año, por lo cual estimó que había transcurrido el plazo de 5 días establecido para dichos recursos.

El recurrente aduce que con fecha 02 de agosto de 2017 se consultó vía telefónica al Servel sobre la presentación de escritos y recursos ante dicho organismo, señalándose que debían enviarse vía correo electrónico. Siguiendo dichas instrucciones, los recursos fueron enviados vía correo electrónico con fecha 03 de agosto del presente año, cumpliendo en tiempo y forma la interposición del recurso. Sin perjuicio de lo anterior, el día 04 de agosto se presentó en forma física el escrito en la oficina de partes del Servel, dado que dicho servicio no posee buzón reloj para recibir escritos.

Corresponde ahora que el Tribunal Calificador de Elecciones se pronuncie sobre el recurso de hecho.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol 1732-2017.

 

 

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