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Se solicita la nulidad.

TRICEL se pronunciará respecto de apelación deducida por ex Alcalde de la Municipalidad de Bulnes en caso de notable abandono de deberes.

El ex Alcalde requiere que se declare la nulidad de todo lo obrado por falta de notificación de aviso en un Diario de circulación regional de la reclamación.

17 de julio de 2018

El Tribunal Calificador de Elecciones se pronunciará respecto de un recurso de apelación subsidiario deducido en contra de la resolución del Tribunal Electoral de la Región del Biobío que acogió el requerimiento por notable abandono de deberes intentado en contra del ex Alcalde de la Municipalidad de Bulnes, inhabilitándolo para ejercer cualquier cargo público por el lapso de cinco años, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 60 inciso 8° de la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.

En su líbelo, el ex Alcalde requiere que se declare la nulidad de todo lo obrado por falta de notificación de aviso en un Diario de circulación regional de la reclamación, y en subsidio, se declare la nulidad de las notificaciones por cédula y aviso en el Diario de la sentencia definitiva correspondiente, por no haberse efectuado dentro de plazo fatal. Asimismo, solicita que se reconsideren los hechos, por cuanto declara que entregó el Acta de Traspaso al Alcalde el 6 de diciembre de 2017, ignorando por qué el Secretario Municipal no preparó igual información para los nuevos Concejales, no existiendo dolo de su parte.

Corresponde ahora que el Tribunal Calificador de Elecciones se pronuncie sobre esta apelación.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol 331-2018.

 

 

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