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Segunda sala

TC se pronunciará sobre la admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas relativas a la competencia en el Código de Justicia Militar.

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 3 y 5 N°3, ambos del Código de Justicia Militar, por vulnerar los artículo 1, 4, 19 n° 1, 2, 3 y 5 inciso 2° de la Carta Fundamental

1 de agosto de 2013

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 3 y 5 N°3, ambos del Código de Justicia Militar, por vulnerar los artículo 1, 4, 19 n° 1, 2, 3 y 5 inciso 2° de la Carta Fundamental.La gestión pendiente invocada incide querella seguida ante un Juzgado de Garantía de Santiago, que tenía una audiencia de incompetencia fijada para el día 19 de julio.  Cabe destacar que la Magistratura Constitucional no dio lugar a la suspensión del procedimiento.Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días al Ministerio Público. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación. 

Vea texto íntegro del expediente y requerimiento N° 2493

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