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Segunda sala

TC deberá se pronunciará sobre la admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma relativa a competencia de los tribunales militares.

TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 5 N° 3 del Código de Justicia Militar.

2 de agosto de 2013

TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 5 N° 3 del Código de Justicia Militar.La gestión pendiente invocada incide en autos por tormentos y apremios ilegítimos producto de la violencia de funcionarios de Carabineros de Chile, del que se declaró incompetente el Juzgado de Garantía de Linares, resolución en actual apelación para ante la Corte de Talca.Cabe destacar que el mismo requerimiento con idénticos argumentos, en que solo varía la gestión pendiente, fue declarado admisible. (Véase relacionado)Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días al General Director de Carabineros de Chile. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 Vea texto íntegro del expediente y requerimiento N° 2492

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