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Con suspensión.

TC se pronunciará respecto del fondo de contienda de competencia trabada entre Juzgado de Policía Local de Quillota y Fiscalía Local de Quillota.

Cabe recordar que en la respectiva audiencia se declaró la incompetencia del Juzgado de Garantía de Quillota para conocer sobre el cuasidelito de daños.

30 de agosto de 2018

El TC declaró admisible una contienda de competencia trabada entre el Juzgado de Policía Local de Quillota y la Fiscalía Local de Quillota, en relación a una causa por accidente de tránsito con lesiones.

Cabe recordar que en la respectiva audiencia se declaró la incompetencia del Juzgado de Garantía de Quillota para conocer sobre el cuasidelito de daños, ordenándose remitir los antecedentes al Juzgado de Policía Local de Quillota, por estimar que se trataban de materias propias de su competencia. Sin embargo, el Juzgado de Policía Local también se declaró incompetente, pues una de las involucradas en el accidente habría sufrido lesiones de carácter grave, situación en la cual es competente el Ministerio Público. Por tanto, el referido Juzgado de Policía Local decidió trabar contienda de competencia y remitir los antecedentes al Tribunal Constitucional.

La Segunda Sala del TC declaró admisible la contenida de competencia promovida por el Juzgado de Policía Local de Quillota. Asimismo, suspendió el procedimiento que se sigue ante el Juzgado de Policía Local de Quillota. Finalmente, confirió traslado al Ministerio Público por diez días para que haga llegar las observaciones y antecedentes que estime pertinentes.

Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declarara la admisibilidad de la contienda de competencia planteada, le corresponderá emitir pronunciamiento sobre el fondo del asunto.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol 5109-18.

 

 

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