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Con suspensión.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que restringe montepío a la madre soltera o viuda del hijo de un oficial de Carabineros fallecido.

La requirente estima que el precepto impugnado vulneraría la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad.

25 de septiembre de 2018

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna la expresión “soltera o viuda” contenida en el artículo 24 de la Ley N° 15.386.

Las gestiones pendientes inciden en un recurso de protección, de que conoce la Corte de Santiago, en que la requirente impugnó la resolución que le denegó la pensión de montepío con respecto al fallecido padre de su hijo, mayor de Carabineros, por su calidad de divorciada.

La requirente estima que el precepto impugnado vulneraría la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad, por cuanto se la priva de la posibilidad de adquirir el montepío de forma discriminatoria, sin que la diferencia tenga fundamentos razonables y objetivos.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió “traslado a las demás partes por el término de diez días”.

En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 5275-18.

 

 

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* CGR solicitó a DIPRECA que arbitre medidas necesarias para determinar beneficio de montepío a madre de hijo no matrimonial…

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