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Primera sala.

Nuevamente impugnan ante el TC norma de la Ley Emilia que incidiría en causa por manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte y no prestar ayuda.

El requirente estima que los preceptos impugnados infringirían la igualdad ante la ley.

16 de marzo de 2019

Se solicitó la inaplicabilidad, por inconstitucional, del artículo 196 ter, inciso primero, parte final de la ley N° 18.290.
El precepto impugnado establece: “…Sin embargo, la ejecución de la respectiva pena sustitutiva quedará en suspenso por un año, tiempo durante el cual el condenado deberá cumplir en forma efectiva la pena privativa de libertad a la que fuere condenado”.
La gestión pendiente incide en autos penales, seguidos ante el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en los que el requirente fue formalizado por el delito de incumplimiento de la obligación de detener la marcha, prestar ayuda posible y dar cuenta a la autoridad de todo accidente en el cual se produzca lesiones o la muerte de alguna persona.
El requirente estima que los preceptos impugnados infringirían la igualdad ante la ley, pues tratándose de penas de mayor gravedad se permite cumplir la pena sustitutiva sin exigir un periodo de pena efectiva. Asimismo, considera vulnerado el debido proceso, pues la determinación e imposición de la pena forma parte del procedimiento, el que se tornaría irracional al mantener a una persona privada de libertad un año antes de permitirle cumplir una pena sustitutiva. Finalmente, aduce que su aplicación atenta contra los principios de proporcionalidad y resocialización.
La Sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo del requerimiento.

 

Vea textos íntegros del requerimiento y el expediente Rol N° 6266-19.

 

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* TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma de la Ley Emilia que suspende pena sustitutiva y exige pena privativa de un año…

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