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Con voto en contra.

TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que restringe apelación en el procedimiento ambiental que incidiría en demanda contra funcionamiento de las centrales Bocamina I y II.

La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros Aróstica y Romero, quienes estuvieron por declarar admisible el requerimiento.

6 de mayo de 2019

El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnabael artículo 26 inciso primero de la Ley N° 20.600, que crea los Tribunales Ambientales.

La gestión pendiente incide en un recurso de hecho, de que conoce la Corte de Valdivia, en que ENEL Generación Chile S.A. impugnó la resolución del Tercer Tribunal Ambiental que rechazó sus recursos de reposición y apelación subsidiario en que solicitaba la suspensión de los efectos de la sentencia que acogió parciamente una demanda de reparación por daño ambiental en su contra debido a la contaminación provocada en Lota y Coronel por el funcionamiento de las Centrales Bocamina I y II, en tanto se resuelven los recursos de casación en la forma y en el fondo deducidos.

En su resolución, el TC sostuvo que la norma impugnada en autos no tendrá aplicación en la gestión que subsiste en sede de recurso de hecho, dado que se plantea por la recurrente una discrepancia jurídica en torno a la aptitud de una determinada resolución para ser materia de apelación, pero esta ya fue alejada por la parte y denegada por el Tribunal, presentando como gestión pendiente, ahora, una nueva solicitud con el claro antecedente del rechazo previo de la ya referida judicatura ambiental. En efecto, es inequívoco que se recurre de hecho sobre una segunda desestimación a un recurso de apelación impetrado, no constando que este fuera accionada sobre la primera oportunidad en que el mismo fuera resuelto como inadmisible o improcedente. Por tanto, estimó que concurre la causal de inadmisibilidad del numeral 6° del artículo 84 de la LOCTC, al considerar que no presenta un conflicto constitucional que tenga la aptitud de resolver una controversia de cara a la eventual aplicación de un precepto legal que genere contravención concreta a la Constitución.

La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros Aróstica y Romero, quienes estuvieron por declarar admisible el requerimiento.

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 6271-19.

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* TC deberá pronunciarse respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que restringe apelación en el procedimiento ambiental que incidiría en demanda contra funcionamiento de las centrales Bocamina I y II…

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