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16 académicos.

Expertos entregaron informe final sobre modificaciones al Tribunal Constitucional.

Se concordaron un conjunto de proposiciones que apuntan a fortalecer las funciones claves que el TC desempeña en nuestra democracia constitucional.

5 de julio de 2019

Recientemente, un grupo de 16 académicos entregó un informe que contiene 25 propuestas para reformar el Tribunal Constitucional.

En el documento, se expone que en los últimos años, se ha producido un debate público, especialmente en discusiones en las comisiones de Constitución de ambas cámaras parlamentarias, sobre la procedencia de reformar el TC; algunos, incluso, han planteado eliminarlo. El Ministro de Justicia hizo anuncios en la materia. Todo esto se incrementaba a raíz de sentencias que causaban controversia. Advertíamos, sin embargo, que estos debates, anuncios y propuestas carecían de un diagnóstico de la labor que realmente estaba desarrollando el TC y no nos parecían orientadas por la historia institucional del país, las experiencias exitosas comparadas, ni por una visión global e integrada de su papel en la democracia constitucional chilena.

Aprovechando el conjunto de estudios y reflexiones que en los últimos años se ha venido haciendo sobre el TC desde la academia y los centros de estudio, y el que la idea de reformar el TC está avanzando en el Congreso Nacional, se señala en el informe que el grupo se avocó a formular un documento de diagnóstico del funcionamiento del TC y propuestas específicas de reforma, con el objeto de que sean un insumo legislativo útil para el Congreso Nacional y el Gobierno, y de interés para el Tribunal Constitucional, la comunidad jurídica y la ciudadanía en general. 

Entre las propuestas, se incluyen en el informe las siguientes: Aumentar el número de integrantes a 12 (eventualmente a 15); Introducir directrices de equidad de género en la integración del Tribunal;  Eliminar el voto dirimente o de calidad del Presidente del Tribunal; Aumentar los estándares de transparencia, escrutinio público y participación de la sociedad civil en los procesos de selección respecto de todas las designaciones; Aumentar a 20 años la experiencia profesional destacada para los candidatos a ministro del TC, eliminando la modalidad de haberse destacado en la actividad “pública”; Robustecer el estatuto de responsabilidad de ministros, incorporando a la LOCTC una regulación especial y más estricta en términos de procedimiento, causales taxativas y quórum de destitución de un ministro del Tribunal Constitucional por parte del pleno. No recomendamos innovar en materia de responsabilidad constitucional de los ministros del TC mediante juicio político; Eliminar la atribución de declaración de inconstitucionalidad de movimientos y partidos políticos (art. 93 inc. 1 N° 10 CPR sobre en relación al art. 19 N° 15 inc. incs. 6, 7 y 8). Se trata de un resabio autoritario que, por lo demás, no tiene eficacia práctica ante los altos estándares de procedencia que ha fijado el propio TC en su jurisprudencia; Suprimir el control preventivo y obligatorio de constitucionalidad de leyes orgánicas e interpretativas por el Tribunal Constitucional, limitándose, de forma excepcional, solamente a los tratados internacionales sometidos a aprobación del Congreso Nacional (regla que se mantiene en el art. 93 inc.1 N° 1 CPR); Supresión del control preventivo y facultativo de constitucionalidad de proyectos de ley, reforma constitucional y tratados internacionales; Implantación de un control represivo y facultativo racionalizado, para reformas constitucionales y leyes promulgadas después  de su publicación; entre otras.

Concluyen los profesores indicando haber concordado un conjunto de proposiciones que apuntan a fortalecer las funciones claves que el TC desempeña en nuestra democracia constitucional, reduciendo o eliminando los focos públicos de conflicto y también proponemos fortalecer su rol de defensor de los derechos de los individuos. Se trata de un conjunto de proposiciones que deben ser leídas, entendidas y si se juzgan apropiadas por quienes representan a la ciudadanía, aprobadas, como un conjunto.

 

 

Vea texto íntegro del informe.

 

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