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Tribunal Pleno.

Presentan requerimiento ante el TC para que declare la cesación en el cargo de parlamentarios que habrían incitado a la desobediencia civil.

Para el caso que se declare admisible, y luego de cumplir con los trámites que dispone la LOCTC, le corresponderá al Tribunal Pleno emitir un pronunciamiento respecto del fondo del requerimiento.

6 de noviembre de 2019

Recientemente, un grupo de diputados presentó ante el TC un requerimiento para que se declare cesación en el cargo de los parlamentarios Guillermo Tellier del Valle, Hugo Gutierrez Galvez, Carmen Hertz Cadiz, Karol Cariola Oliva, Camila Vallejo Dowling, Marisela Santibañez Novoa, Daniel Núñez Arancibia, Boris Barrera Moreno, Amaro Labra Sepúlveda, Gabriel Boric Font, Gonzalo Winter Etcheverry, y Claudia Mix Jiménez, por haber incitado a la desobediencia civil.

Los diputados requirentes solicitaron al Tribunal Constitucional revisar si es factible la remoción de 12 diputados de su cargo, acusándoles de incitar a la alteración del orden público.

Así, la acción apunta contra los nueve parlamentarios de la bancada comunista más los frenteamplistas Gabriel Boric, Gonzalo Winter y Claudia Mix. Y es que un conjunto de mensajes de los denunciados estarían llenos de llamados al desorden, a faltar a la ley y a provocar desmanes por parte de ellos.

Entre los documentos que se acompañan al requerimiento, los requirentes citan un tuit de la cuenta de la bancada de diputados PC ante las evasiones masivas en el que se señala: “Como bancada del Partido Comunista, respaldamos las llamadas evasiones masivas convocadas y desarrolladas por estudiantes y ciudadanos ante el alza de la tarifa del metro de Santiago. Son acciones legítimas de desobediencia civil, una expresión de reclamo acumulado ante el aumento continuo del precio de los servicios básico”.

De igual forma, los parlamentarios aluden a la actitud del diputado de Boric en una protesta en Plaza Italia donde y según consta en el documento “hizo muestras de rechazo y ordenó retirarse a la fuerzas presentes en el lugar”.

Para el caso que se declare admisible, y luego de cumplir con los trámites que dispone la LOCTC, le corresponderá al Tribunal Pleno emitir un pronunciamiento respecto del fondo del requerimiento.

 

 

Vea textos íntegros del expediente y del requerimiento en causa Rol Nº 7724-19.

 

 

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