Noticias

Acoso Laboral.

Tribunal Laboral de Valparaíso acogió tutela contra Municipalidad de Concón por acoso laboral a odontóloga modificando sus horarios.

Habiéndose alegado que el Director hizo los cambios de Jefatura basándose en un criterio medible en el logro de metas, la demandada no incorporó al juicio antecedentes relativos al logro de metas.

30 de enero de 2019

El Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso acogió una demanda de tutela de derechos fundamentales por vulneración de la integridad psíquica y física de una odontóloga, con hipótesis de relación laboral vigente, por actos que constituyen acoso laboral al modificar sus horarios y labores de Jefatura.

En su sentencia, el Tribunal indicó que se ha hostigado a la trabajadora modificándole horarios, mandándola a labores inferiores a las de Jefatura que había venido desempeñando, ordenándole cumplir funciones en la clínica móvil, ya no tiene un lugar de trabajo, restándole participación en proyectos iniciados por ella, o suprimiéndolos, privando a niños de sus terapias. Estas medidas son conocidas por los demás funcionarios y por quienes habían sido sus subalternos, quienes la han visto menoscabada y rebajada en sus funciones, lo que implica evidentemente que se vulneró la honra de la denunciante. Asimismo, señala que el acoso laboral perpetrado en contra de la demandante, sin lugar a duda, le provocó desaliento, frustración, provoca inestabilidad e inseguridad, alteración del ánimo, detrimento en su salud mental, todo lo cual redunda en una vulneración de la integridad física y psíquica de la trabajadora, tal como lo sostiene la psicóloga que realizó la pericia decretada en autos. Por ello, esta situación provocó un evidente daño moral que ha de ser reparado y cuyo monto debe determinarse prudencialmente por el tribunal. 

Luego, manifiesta que la trabajadora impugnó el Decreto Alcaldicio mediante el que se le privó de su puesto de trabajo, que había sido ratificado dos meses antes, por considerar que el decreto no tenía fundamento, pero la reposición fue rechazada por la Municipalidad demandada, señalando que la decisión adoptada por el Municipio se ha fundado en una resolución del Director del Departamento de Salud, en el que informa que el Director de Cesfam-Sapu es quien determina hacer modificaciones y cambios en las jefaturas de programas y unidades. Sin embargo, efectivamente el Decreto impugnado, lo que no corresponde subsanar posteriormente al resolver la reposición aludiendo a una resolución posterior del Director del Departamento de Salud que se pretende aplicar retroactivamente, ya que el Decreto que había ratificado a la demandante en su cargo, había sido dictado con fecha anterior a todas las resoluciones revisadas. 

De esa manera, se concluye señalando que si bien es cierto que se acreditó que los Jefes de Programa son de confianza del Director, que son cargos anuales y no son inamovibles, por lo que el Director puede cambiar las jefaturas si no son de su confianza o no cumplen metas, de todas formas se requiere fundamento y justificación para ello. Así, habiéndose alegado que el Director hizo los cambios de Jefatura basándose en un criterio medible en el logro de metas, la demandada no incorporó al juicio antecedentes relativos al logro de metas, las que según declara la demandante, son colectivas. Debe tenerse en cuenta, además, que si la evaluación anual se informa en enero, a la fecha del Decreto que ratificó a la actora en su cargo de jefatura, 31 de enero de 2018, ya se contaba con dicha información, por lo que no resulta verosímil que el fundamento de revocar la ratificación haya sido el incumplimiento de metas.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia Rol N° T-344-18.

 

 

RELACIONADOS                                                

* Juzgado de Letras de San Felipe acoge tutela laboral de dirigente sindical de CESFAM por acoso laboral al denunciar error en cálculo de años de antigüedad…

* Juzgado del Trabajo de Santiago acogió tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del autodespido deducida por una trabajadora que sufrió acoso sexual…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *