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En búsqueda del equilibrio.

Senado aprobó proyecto de ley que faculta a la Corte Suprema a trasladar a jueces cuando el mejor servicio judicial así lo exija.

El Senado aprobó -en segundo trámite constitucional- el proyecto de ley, iniciado por mensaje, que modifica el Código Orgánico de Tribunales y la Ley N° 19.665, en las materias que indica. (Véase relacionado) En la oportunidad, se contó con la participación del Ministro de Justicia, Teodoro Ribera, quien valoró la instancia y enfatizó en la […]

28 de febrero de 2012

El Senado aprobó -en segundo trámite constitucional- el proyecto de ley, iniciado por mensaje, que modifica el Código Orgánico de Tribunales y la Ley N° 19.665, en las materias que indica. (Véase relacionado)

En la oportunidad, se contó con la participación del Ministro de Justicia, Teodoro Ribera, quien valoró la instancia y enfatizó en la trascendencia de la iniciativa, para la exigencia y eficacia del desarrollo de la justicia en el país, en el entendido que "fue un proyecto parte de la agenda judicial de 2008 y ahora la Corte Suprema podrá enfrentar de mejor manera los desequilibrios en la carga de trabajo que pudieran surgir en ciertas ciudades del país".

Por su parte, la senadora Alvear, reparó en que la finalidad del texto aprobado “es incorporar un nuevo artículo al Código Orgánico de Tribunales para permitir que la Corte Suprema, a petición de la Corte de Apelaciones respectiva y con informe administrativo previo, pueda destinar transitoriamente, a uno o más jueces a otro tribunal cuando existan desequilibrios en la dotación de jueces y en la carga de trabajo de una misma jurisdicción". Puntualizó que, tras escuchar la opinión de expertos, destacó la latente preocupación “en algunas regiones, por una rotación excesiva de jueces o bien se enviaban a magistrados que habían tenido un comportamiento poco adecuado”, es por ello que se pretende “resguardar los derechos de los jueces trasladados, donde con su consentimiento podrá ser trasladado a otra jurisdicción" y jamás dicho procedimiento podrá ser utilizado como sanción.

Finalmente, el senador Larraín, agregó que se otorgan facultades extraordinarias a la Corte Suprema para reasignar jueces en determinadas condiciones y bajo ciertos requisitos. En efecto, "se trata de tribunales que compartan el mismo territorio jurisdiccional o que sean de territorios jurisdiccionales contiguos y que dependan de la misma Corte de Apelaciones", donde “la preferencia del traslado la tendrán aquellos jueces interesados en ser designados transitoriamente a esta función, pero con la limitación de que la Corte Suprema no podrá destinar más del 50% de los jueces pertenecientes a aquel tribunal con lo cual se evitarán abusos".

Corresponde ahora a la Cámara de Diputados estudiar y votar la iniciativa, cumpliendo así su tercer trámite constitucional.

 

Vea texto íntegro del mensaje, informes, discusión y tramitación.

 

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