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Directiva comunal.

TRICEL deberá pronunciarse sobre apelación deducida contra resolución que declaró inadmisible reclamo electoral.

Desestimado el recurso de reposición por el TER de la Región de Biobío, corresponderá al TRICEL pronunciarse sobre la reclamación planteada.

23 de diciembre de 2015

El Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL), deberá pronunciarse respecto de un recurso de apelación subsidiario interpuesto –por parte de miembros del Partido Radical Socialdemócrata (PRSD)- en contra de la resolución dictada por el Tribunal Electoral (TER) de la VIII Región  del Biobío, que declaró inadmisible la reclamación de nulidad de la elección de la directiva comunal de Chillán del PRSD.

En su sentencia, el TER de la VIII Región sostuvo que el asunto no era materia de su competencia, “de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 de la Ley Nº 18.593, sobre Tribunales Electorales Regionales, y en los artículos 96º incisos 1º, 6º y 7º de la Constitución Política de la República y artículo 28 letra c) de la Ley Nº 18.603, Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos”.

Desestimado el recurso de reposición por el TER de la Región de Biobío, corresponderá al TRICEL pronunciarse sobre la reclamación planteada.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 80-2015.

 

 

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