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Primera sala.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que restringiría recurso de nulidad laboral contra sentencia dictada en segundo juicio.

La gestión pendiente incide en un recurso de apelación ventilado ante la Corte de Antofagasta.

14 de mayo de 2017

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna la parte final del inciso cuarto del artículo 482 del Código del Trabajo.

La gestión pendiente incide en un recurso de apelación ventilado ante la Corte de Antofagasta contra la resolución que desestimó el recurso de nulidad respecto de la nueva sentencia que acogió una solicitud de desafuero de la recurrente.

El requirente estima que el precepto impugnado es infringiría el debido proceso, en lo relativo a garantizar el derecho al recurso, al no respetarse la igual protección en el ejercicio de los derechos. Asimismo, se vulneraría la igualdad ante la ley, por cuanto la parte demandada, frente a una igualdad de condiciones, estaría siendo tratada de modo diverso por el legislador laboral, sin que exista justificación para dicho tratamiento, afectándose de esa forma el contenido esencial de los derechos fundamentales, y el principio de supremacía constitucional.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión invocada.

En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del expediente Rol N° 3472-17.

 

 

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