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Segunda sala.

Ingresaron al TC inaplicabilidades que impugnan normas que inciden en juicios laborales en que se pretende reconocimiento de relaciones de trabajo.

Los preceptos impugnados establecen la regulación de las relaciones laborales entre trabajadores y empleadores.

12 de junio de 2017

Se solicitó declarar inaplicables, por inconstitucionales, las normas del Código del Trabajo, especialmente los artículos 1 inciso 3°, 7, 8, 44, 63, 161, 162, 163, 168, 172, 173, 420 letras a.- y d.-, 421, 423, 425 a 462, 464 n° 1, 473 y 474 a 484, mediante la presentación de dos requerimientos ante el Tribunal Constitucional.

Los preceptos impugnados establecen la regulación de las relaciones laborales entre trabajadores y empleadores.

Las gestiones pendientes inciden en autos sobre juicio ordinario laboral, en actual conocimiento de la Corte de Valparaíso vía recurso de nulidad, y otro juicio ordinario laboral y su cobranza ejecutiva, ambos ventilados ante el Juzgado del Trabajo de La Calera.

El requirente estima que los preceptos impugnados infringirían el principio de juridicidad y el principio de supremacía constitucional, toda vez que el Juzgado del Trabajo está aplicando el Código del Trabajo a una relación laboral cuyo marco regulatorio es el Estatuto Administrativo de Funcionarios Municipales, por lo que el tribunal está actuando fuera de su esfera de atribuciones.

La Sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo del requerimiento.

 

Vea textos íntegros de los expedientes Roles N° 3554-17 y 3555-17.

 

 

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