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Caso Terrones Silva y otros vs. Perú.

Corte IDH dictó resolución en favor de víctimas que solicitaron acogerse al Fondo de Asistencia Legal.

Se le otorgará a la víctima el apoyo económico necesario, con cargo al Fondo respectivo, para la presentación de un máximo de tres declaraciones.

28 de julio de 2017

El Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en el marco del caso “Terrones Silva y otros vs. Perú” y en el ejercicio de sus atribuciones en relación al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas, y de conformidad con el artículo 31 del Reglamento del Tribunal y el artículo 3 del Reglamento del Fondo de Asistencia, emitió recientemente una resolución en la que declaró procedente la solicitud interpuesta por las presuntas víctimas, a través de sus representantes, para acogerse al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

De este modo, se le otorgará a la víctima el apoyo económico necesario, con cargo al Fondo respectivo, para la presentación de un máximo de tres declaraciones, ya sea en audiencia o por affidavit, y que el monto, destino y objeto específicos de dicha asistencia serán precisados al momento de decidir sobre la evacuación de prueba pericial y testimonial, y la apertura del procedimiento oral en los términos del artículo 50 del Reglamento del Tribunal.

 

 

Vea texto íntegro de la resolución.

 

 

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