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En fallo unánime.

Corte de Antofagasta condena a multitienda por venta de producto en mal estado que provocó quemadura a menor.

El Tribunal de alzada confirmó el fallo impugnado, dictado por el Primer Juzgado de Policía Local.

14 de agosto de 2018

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó a la empresa Importadora y Exportadora Eduss Multitienda a pagar una multa de 10 UTM por infracción a la ley del consumidor, más  $72.073 por concepto de daño material y $8.000.000 por daño moral, a clienta, quien compró un guatero en mal estado que provocó quemaduras en el brazo de su hija.
La sentencia sostiene que los razonamientos contenidos en el fallo y aquellos precedentemente expuestos demuestran los daños causados a la demandante, en cuanto fue ésta quien compró el guatero y fue su hija la que sufrió las lesiones graves por quemaduras AB 4% en brazo y antebrazo derecho, producto de la rotura del guatero ocasionada por fallas o deficiencias en su fabricación; también está establecida la relación de causalidad entre la conducta negligente de la demandada y el consiguiente daño ocasionado, desde que la falla o deficiencia en el guatero vendido por el demandado provocó las quemaduras, por lo que, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 19.496, en relación con el artículo 2314 del Código Civil, sólo cabe concluir confirmar la sentencia en cuanto condena al demandado a resarcir los perjuicios correspondientes a daño material o emergente.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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