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Guía legal.

Sobre excesos y excedentes en el sistema isapres.

Con la nueva ley, no se puede renunciar a los excedentes, salvo en un caso de excepción en que se permite la renuncia con el solo objeto de pagar beneficios adicionales de contratos colectivos, de salud, contratos individuales compensados, y de aquellos contratos que señale la Superintendencia de Salud mediante una norma de carácter general.

26 de abril de 2019

En una reciente publicación de la Biblioteca del Congreso Nacional se explica qué hacer con los dineros que se generan por una cotización de salud previsional mayor a la que corresponde a cada persona.
La BCN define el excedente como una diferencia a favor del afiliado, cuando la cotización legal obligatoria del 7% supera el precio del plan de salud contratado en una Isapre. Por ejemplo, si su 7% corresponde a 4 UF y usted normalmente cotiza un plan de 3,8 UF, se genera un excedente de 0,2 UF.
Los excedentes van a una cuenta corriente individual que la Isapre abre a favor del afiliado.
Luego, explica para qué sirven los excedentes. El afiliado podrá usar estos dineros para fines estrictamente médicos, como:
-Pagar cotizaciones en caso de cesantía.
-Cubrir copagos en distintas prestaciones.
-Financiar prestaciones de salud no cubiertas por el plan.
-Pagar cuotas de los préstamos de salud que la Isapre le hubiese otorgado al afiliado.
-Cubrir cotizaciones adicionales voluntarias.
-Financiar un plan de salud durante el período en que se tramita la jubilación.
Ante la consulta si se puede solicitar que se devuelvan los excedentes, la BCN expone que no, los excedentes son dineros que sólo se pueden utilizar para pagar prestaciones médicas, como bonos de consulta, operaciones, remedios, etc.
Luego, la BCN comenta que antes el afiliado, previo acuerdo con la Isapre, podía renunciar a sus excedentes y la Isapre podía ofrecerle mejorar su plan o ampliar la cobertura. Con la nueva ley, no se puede renunciar a los excedentes, salvo en un caso de excepción en que se permite la renuncia con el solo objeto de pagar beneficios adicionales de contratos colectivos, de salud, contratos individuales compensados, y de aquellos contratos que señale la Superintendencia de Salud mediante una norma de carácter general.
Esta nueva disposición comenzó a regir a partir del 1 de marzo de 2009.
A continuación, indica que en caso de que en las sucesivas adecuaciones anuales, los excedentes superen el 10% de la cotización legal para salud, la ISAPRE estará obligada a ofrecer al afiliado un plan de salud alternativo cuyo precio más se aproxime al plan actualmente convenido. Pero en ningún caso, el afiliado estará obligado a suscribir este plan.
Enseguida, la BCN puntualiza que los excedentes en salud se reajustan. Los fondos acumulados en la cuenta corriente se reajustan de acuerdo a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y obtendrán el interés promedio pagado por los bancos en operaciones reajustables de no más de un año, según lo informado por el Banco Central de Chile en el respectivo período.
Además, se señala cómo puedo verificar si tengo excedentes. Puede consultar personalmente en su Isapre o través de su sitio web, y solicitar un certificado de excedentes.
Asimismo, se puntualiza qué pasa con los contratos de salud suscritos antes del 1 de marzo de 2009, en que se haya pactado la renuncia de excedentes. Se considerará válida esa renuncia y producirá sus efectos hasta que el afiliado opte por retractarse de la renuncia o cuando cambie de plan de salud.
También se detalla que los excesos se producen cuando se entrega a la Isapre una suma mayor al 7% del sueldo, cuyo tope legal para salud es de 5,481 UF.
Los excesos deben ser devueltos en forma de dinero y no en forma de prestaciones médicas ni otros beneficios.
El texto explica asimismo cómo sé si tengo excesos, señalando que si sabe que en algunos meses del año cotizó más de 5,481 U.F. por gratificaciones, aumento de sueldo u otros, puede acercarse a su Isapre, llevar copia de las liquidaciones de sueldo y solicitar una revisión de las cotizaciones pagadas en exceso.
Por último, se sostiene a quién debo pedir la devolución de los excesos. A la Isapre donde usted cotiza, a través de una solicitud de revisión de sobrepago de cotizaciones.
Puede obtener más información en la Superintendencia de Salud.

 

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