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Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que rechazó protección deducido por concesionario del servicio de baños del parque Canelo-Canelillo contra Municipalidad de Algarrobo por dictación de decretos alcaldicios que ordenaron demolición total de construcciones.

La Corte de Valparaíso indicó que, la disposición de la demolición de las referidas edificaciones resultó ajustada a derecho.

26 de marzo de 2020

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Valparaíso que rechazó un recurso de protección deducido por el concesionario del servicio de baños del parque Canelo-Canelillo en contra de la Municipalidad de Algarrobo por la dictación de decretos alcaldicios que ordenaron la demolición total de construcciones realizadas por el recurrente.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Municipalidad de Algarrobo por la dictación de los decretos alcaldicios N° 2614, N° 2615 y N° 2616 que ordenaron la demolición total de los baños públicos y otras construcciones realizadas por el recurrente al interior del parque Canelo-Canelillo por encontrarse emplazadas en bien nacional de uso público sin las autorizaciones correspondientes.

La recurrente estimó que se vulneró sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 2, 3, 16 y 24.

La Corte de Valparaíso indicó en su sentencia que, de los antecedentes acompañados al proceso y señalados en estrados, no constó la existencia de un permiso de construcción que haya sido concedido al actor a fin de erigir las estructuras cuya demolición se ordenó, lo que facultó al Alcalde a actuar conforme lo dispone el artículo 148 de la Ley General de Urbanismo y  Construcciones, disponiendo la demolición de las obras que no ofrezcan las debidas garantías de salubridad y seguridad, o que amenacen ruina, tal como se señaló en el Decreto N° 2614 de 28 de noviembre de 2019.

El fallo agregó que, en dicho derrotero, la disposición de la demolición de las referidas edificaciones resultó ajustada a derecho, desde que dimanó de una disposición de la autoridad, legalmente autorizada y debidamente fundamentada, como se dio cuenta precedentemente. Razones por los que se rechazó el recurso de protección.

La Corte Suprema por su parte, confirmó la sentencia apelada.

                                                                                                                                                         

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema en causa Rol Nº 30240-2020 y de la Corte de Valparaíso en causa Rol Nº 42345-2019.

 

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