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Imagen: FilmAffinity
Propiedad intelectual.

Cámara de Apelaciones argentina confirma sobreseimiento de un director y dos productores de cine acusados de plagiar una novela.

El plagio de una obra debe ser realizado de una forma dolosa encaminada a defraudar los derechos de propiedad intelectual del autor de forma íntegra.

23 de febrero de 2021

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de Argentina confirmó la sentencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°3, que sobreseyó a tres personas acusadas de defraudar los derechos de propiedad intelectual del autor de una novela, al producir, registrar y emitir una película que compartía múltiples similitudes con una de sus obras.

El conflicto surge en agosto de 2017, luego del estreno de la película “El Fútbol o yo”, que fue patentada como obra inédita y fue emitida en múltiples salas de cine de Argentina. El autor de la novela “Enfermo de Futbol” dedujo una querella en contra del director de la película y sus productores, acusando que se defraudaron sus derechos de propiedad intelectual al registrar y emitir en salas de cine un plagio de su obra.

El tribunal penal sobreseyó a los acusados, al estimar que de los peritajes realizados se extrae que la película comparte similitudes con la obra del querellante, pero no alcanzan a configurar una violación a los delitos de autor en conformidad a los artículos 71 y 72 de la ley N°11.723.

La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia en alzada, para lo cual tuvo presente que los imputados demostraron que su obra se basó en una película extranjera producida el año 2013 en virtud de un contrato de derechos que les permitió filmar una adaptación de la obra original en idioma castellano. Señaló además que, para configurar una violación a los derechos de autor, quien realiza el plagio de una obra debe actuar de una forma dolosa encaminada a defraudar los derechos de propiedad intelectual del autor original de forma íntegra, por lo que no puede basarse en coincidencias aisladas entre las obras.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional N°39683-2017.

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