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Libertad de culto.

STF de Brasil declaró inconstitucional norma estadual que obliga a escuelas estatales y bibliotecas públicas a mantener un ejemplar de la Biblia para consulta gratuita.

Al respecto, el máximo Tribunal brasileño adujo que dicha norma estimula y promueve un conjunto de creencias y dogmas en detrimento de los demás. De esta manera, la acción obligatoria atenta contra los principios de laicidad del Estado, libertad religiosa e isonomía entre los ciudadanos.

20 de abril de 2021

El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil declaró la inconstitucionalidad de una norma en Amazonas que obliga a las escuelas estatales y bibliotecas públicas a mantener al menos un ejemplar de la Biblia en su acervo para consulta gratuita.

Al respecto, el máximo Tribunal de Brasil recordó que el histórico proceso constitucional que culminó con la adopción de la laicidad del Estado en Brasil se remonta a la Constitución Federal de 1891, que consolidó a la República como un nuevo régimen. Este principio se mantuvo en las demás constituciones y se reforzó en la Carta de 1988, que enfatizaba los valores democráticos y aseguraba la libertad religiosa como un derecho fundamental.

Enseguida, la sentencia destacó que las disposiciones de la Ley 74/2010 de Amazonas, que determinan la existencia de una copia de la Biblia en ambientes públicos, estimulan y promueven un conjunto de creencias y dogmas en detrimento de los demás. De esta manera, la acción obligatoria atenta contra los principios de laicidad del Estado, libertad religiosa e isonomía entre los ciudadanos.

Posteriormente, el fallo expresó que dicha ley también confiere un trato desigual entre los ciudadanos, ya que garantiza que solo aquellos que se adhieran a creencias inspiradas en la Biblia tengan fácil acceso en las instituciones públicas. La ley amazónica desacredita otros libros sagrados para los estudiantes que profesan otras creencias religiosas y también para aquellos que no tienen ninguna creencia religiosa.

Finalmente, el STF destacó que También destacó que, en materia confesional, le corresponde al Estado permanecer neutral, a fin de preservar la integridad del derecho fundamental a la libertad religiosa, a favor de los ciudadanos.

 

Vea texto íntegro del comunicado.

 

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