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Prohibición de tratos inhumanos y degradantes.

TEDH condenó a Francia por decretar expulsión a Rusia de un refugiado checheno condenado por terrorismo.

El Tribunal de Estrasburgo adujo que las jurisdicciones internas francesas no han evaluado los riesgos a los que el demandante se exponía en la hipótesis de que la medida de expulsión se hubiera ejecutado.

23 de abril de 2021

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó a Francia por decretar la expulsión a Rusia de un refugiado checheno condenado por terrorismo, sin haber realizado una apreciación completa y precisa del riesgo que hubiera corrido en aquel país.

Respecto de los hechos, consta que el ciudadano checheno es hijo de un guerrillero, llegó a Francia en agosto de 2011, con 17 años, y obtuvo el estatuto de refugiado en 2013. Entre agosto y septiembre de 2013, combatió en Siria y regresó a Francia. Poco después, fue detenido junto a cuatro compatriotas por preparar un acto terrorista y condenado a 5 años de prisión.

Al salir de prisión, en 2017, quedó en arresto domiciliario y con la obligación de presentarse tres veces diarias en comisaría. Su estatuto de refugiado se revocó en 2019 e inmediatamente después presentó un recurso ante el TEDH para impedir su expulsión a Rusia.

El TEDH emitió pronunciamiento y condenó a Francia por violar el artículo 3 (Prohibición de tratos inhumanos o degradantes) del Convenio Europeo de Derechos Humanos toda vez que, si el ciudadano checheno es expulsado a Rusia, corre riesgo su integridad física.

El fallo señala que no se ha tenido en cuenta el hecho de que la revocación del estatuto de refugiado del solicitante no influye en si mantiene o no su estatuto de refugiado como parte de la medida de expulsión a Rusia, y cita al efecto un pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que resolvió, en 2019, que «la revocación del estatuto de refugiado en caso de amenaza para la seguridad o la sociedad del Estado miembro no supondría la revocación de la calidad de refugiado».

El TEDH concluye señalando que las jurisdicciones internas francesas no han evaluado los riesgos a los que el demandante se exponía en la hipótesis de que la medida de expulsión se hubiera ejecutado.

 

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