Noticias

Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Prisión preventiva.

Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a Turquía por vulnerar el derecho a la libertad y seguridad de un ex juez del Tribunal Constitucional.

El TEDH consideró que la detención y prisión preventiva del demandante fueron ilegales y vulneraron las garantías procesales que protegían a los jueces del Tribunal Constitucional.

1 de julio de 2021

El caso se refiere a un ciudadano turco nombrado como juez del Tribunal Constitucional por el Presidente de la República en el año 2011. Tras el intento de golpe de Estado del año 2016, fue detenido y puesto en prisión preventiva por ser sospechoso de pertenecer a una organización terrorista vinculada con el alzamiento. Ese mismo día, la policía realizó un registro en su domicilio, incautando computadores y otros equipos informáticos. Luego de su detención, el demandante fue destituido del Tribunal Constitucional. En el año 2019, se le condenó a la pena de prisión de 10 años por su supuesta pertenencia a una organización terrorista armada. El recurso contra esta sentencia condenatoria se mantiene pendiente.

La demandante denunció una infracción del artículo 5 del Convenio Europeo de Derechos Humanos que consagra el derecho a la libertad y a la seguridad, a causa de haber sido detenido y puesto en prisión preventiva de forma arbitraria; de haber sido detenido sin pruebas concretas ni motivos razonables; y, por la duración de la detención. Asimismo, denunció la vulneración del artículo 6 del CEDH sobre el derecho a un juicio justo, en virtud de la falta de imparcialidad e independencia de los tribunales de justicia, así como la violación del principio de igualdad de armas.

El TEDH comenzó por advertir que el demandante había sido puesto en prisión preventiva sobre la base del Código de Procedimiento Penal, a pesar de la inmunidad judicial que la ley le concedía a los miembros del Tribunal Constitucional, estableciendo un procedimiento específico para decretar medidas preventivas contra estos jueces.

Enseguida, el Tribunal señala que el demandante no había sido detenido y puesto en prisión preventiva mientras estaba cometiendo un delito relacionado con el intento de golpe de Estado, sino por ser sospechoso de pertenecer a una organización terrorista. Al respecto, el falló advirtió la existencia de una falta sistemática de claridad jurídica por parte de los órganos jurisdiccionales nacionales, en cuanto identificaron que el demandante estaba cometiendo un delito flagrante por el solo hecho de existir información relativa a que este integraba una organización terrorista, sin necesidad de identificar ningún tipo de indicio fáctico que comprobara dichas alegaciones.

Para el TEDH, esta interpretación amplia de delito flagrante no es razonable, en cuanto importa admitir que las autoridades pueden privar a un juez en base a información no contrastada con medios probatorios. Por lo anterior, las sospechas contra el demandante no habían alcanzado el nivel mínimo de verosimilitud requerido para decretar la prisión preventiva.

El Tribunal estimó que la detención del demandante fue ilegal en el sentido del artículo 5 del CEDH puesto que no siguió los procedimientos legales establecidos, señalando, además, que no existen indicios razonables para considerar que haya cometido un delito.

El Tribunal condenó a España al pago de 20.000 euros en concepto de daños no pecuniarios.

Vea texto íntegro de la sentencia del Tribunal Europea de Derechos Humanos.

 

RELACIONADOS

Tribunal Europeo de Derechos Humanos resuelve que la orden a un periódico belga de omitir en una publicación la identidad de una persona condenada por un accidente de tránsito no vulnera la libertad de expresión.

Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España por vulnerar el derecho a la libertad de expresión de una separatista vasca que fue condenada por el delito de apología al terrorismo.

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *