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Tribunal Europeo de Derechos Humanos
“Ley de limpieza”.

TEDH condenó a Ucrania por destituir a un juez del Tribunal Supremo.

El objetivo de la ley era destituir a quienes pudieran estar relacionados con los acontecimientos negativos durante el mandato de Yanukovich, pero no castigarlos.

20 de octubre de 2021

El caso se refiere a la destitución del juez del Tribunal Supremo, Igor Samsin, en virtud de la “Ley de limpieza”, la que tenía como propósito confrontar los desarrollos contrarios a la democracia, el estado de derecho y los derechos humanos implementados en el periodo del ex presidente Viktor Yanukovich. La ley se aplicó a determinadas categorías de funcionarios que habían estado en el cargo entre 2010 y 2014. Al Sr. Samsin –el demandante– se le prohibió trabajar en la administración pública hasta finales de 2024, y su nombre se incluyó en un registro público. Además de lo anterior, se le privó de los beneficios asociados a la jubilación judicial, a pesar de tener derecho a ellos. Por otra parte, el demandante presentó su renuncia, la que fue injustificadamente denegada.

El demandante considera que su destitución violó sus derechos consagrados en el artículo 8 (derecho al respeto de la vida privada y familiar) y 14 (prohibición de la discriminación) del CEDH.

El TEDH señala que, en el caso Polyakh y otros contra Ucrania, había resuelto que la aplicación de las medidas contempladas en la “Ley de limpieza” gubernamental constituía una injerencia en el derecho al respeto de la vida privada, debido al impacto que la combinación de despido y otras medidas tenían sobre los demandantes.

En el caso concreto, refiere que el demandante sufrió un perjuicio considerable en lo que respecta a las prestaciones de jubilación a las que tenía derecho. Por otra parte, advierte que el objetivo de la ley era destituir a quienes pudieran estar relacionados con los acontecimientos negativos durante el mandato de Yanukovich, pero no castigarlos. En este sentido, considera que dicho objetivo no se habría visto obstaculizado por la aceptación de la renuncia del demandante.

En virtud de lo anterior, concluye que la imposición al demandante de las medidas de la “Ley de limpieza” no había sido necesaria en una sociedad democrática. Por lo tanto, se produjo una violación del artículo 8 del Convenio.

El TEDH condenó al Estado de Ucrania a pagar al demandante 5.000 euros (en concepto de daños no pecuniarios, y 1.500 EUR en concepto de costas y gastos.

Vea texto de la sentencia.

 

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