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Imagen: manoalzada.pe
Moción.

Proyecto de ley persigue el reconocimiento y la protección de los derechos de las personas intersexuales.

Incorpora una tercera opción registral de la categoría sexo/género del documento nacional de identidad, a fin de reconocer el ejercicio a la autodeterminación de las personas intersexuales.

21 de diciembre de 2021

La moción, patrocinada por las senadoras Isabel Allende, Loreto Carvajal y Adriana Muñoz, y los senadores Juan Ignacio Latorre y Alejandro Navarro, persigue el reconocimiento y la protección de los derechos de las personas intersexuales.

Los autores explican que “la intersexualidad no es una orientación sexual, no es género, no es identidad de género (…), sino que son manifestaciones de la diversidad corporal. En la actualidad, los cambios sociales han permitido comprender que las categorías de sexo, género, orientación sexual e identidad de género son independientes y la heteronormatividad y el binarismo no se ajustarían a esta realidad (…), lo que configura un desafío para el Estado, porque debe buscar mecanismos formales para salvaguardar y proteger los derechos de todas estas personas”.

Exponen que, “Chile ha construido gran parte de sus procesos a partir de la asignación de roles sociales específicos para lo ‘masculino’ y ‘femenino, esto significa que el diseño de políticas se determina a partir de la distinción binaria”. Como consecuencia, “las personas intersexuales son invisibilizadas dentro de la legislación actual”.

Refieren que “la ausencia de pronunciamiento por parte del legislador en esta materia se ha tratado de remediar por medio de normas administrativas emanadas de las autoridades que se vinculan con las problemáticas intersexuales, en este sentido, la Circular N°18 del Ministerio de Salud instruye sobre ciertos aspectos de la atención de salud a niños y niñas intersexuales, en ella se indica que se detengan los tratamientos innecesarios de ‘normalización”.

De manera general, comprenden que existen “tres problemáticas de naturaleza jurídica a los que se enfrentan o pueden enfrentarse las personas intersexuales: a) el reconocimiento legal de sus características sexuales; b) la protección frente a la discriminación y, c) la patologización de la intersexualidad”.

Puntualizan que “las normativas vigentes que se vinculan con esta materia no consideran estas problemáticas. Luego de cinco años de tramitación se promulga el año 2018 la ley N°21.120, que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género, faculta a toda persona cuya identidad de género no coincida con su sexo y nombre registral a solicitar la rectificación (…) No obstante, la legislación no alude expresamente a las personas intersexuales,  tampoco incorpora el derecho a la protección de las características sexuales que se han otorgado en otros Estados, además, se restringe este derecho a los niños, niñas y adolescentes intersexuales para ejercer su derecho a la autodeterminación”.

En ese orden de ideas, arguyen que “la iniciativa tiene por objeto modificar la ley N°21.120, que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género, para incorporar una tercera opción registral de la categoría sexo/género del documento nacional de identidad, a los fines de reconocer el ejercicio a la autodeterminación y de reconocer una concepción diferente al binarismo, para toda persona que lo solicite. También considera el reconocimiento al principio de no patologización y de no discriminación arbitraria”.

El proyecto pasó a la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía del Senado.

 

Vea texto de la moción, análisis y discusión del proyecto Boletín Nº14748-17.

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