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Denuncias tenían la gravedad suficiente para despertar las alertas.

La respuesta tardía de las autoridades ante denuncias por violencia intrafamiliar constituye una vulneración a los derechos fundamentales, resuelve el TEDH.

La autoridad no activó los protocolos adecuados para prevenir el homicidio de la mujer.

29 de marzo de 2022

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), resolvió que Bulgaria vulneró los derechos fundamentales de una mujer que fue asesinada por su marido afuera del edificio de la Fiscalía, al concluir que las autoridades no otorgaron una respuesta oportuna a las denuncias de la víctima, ni realizaron una evaluación adecuada del riesgo que vivía.

El fallo señala que la mujer contaba con causas judiciales de carácter penal producto de la violencia que vivía en manos de su marido. No obstante, las autoridades no acudieron ni dieron tramitación a muchas de las denuncias que la víctima levantó.

En ese sentido, el Tribunal observa que las denuncias tenían la gravedad suficiente para despertar las alertas respecto al eventual peligro que vivía la víctima, producto de la violencia, especialmente, al ponderar que el marido la amenazaba con un arma de fuego.

El Tribunal advierte que, si las autoridades hubiesen activado los protocolos y evaluaciones de riesgo que la ley ordena, podrían haber adoptado medidas suficientes para salvar la vida de la mujer. Sin embargo, la autoridad no incautó el arma ni procedió a investigar el resto de las denuncias presentadas por la mujer, ocasionando con ello una falta de servicio de parte del Estado. Dicha omisión en el actuar de la autoridad, vulnera las garantías amparadas en el artículo 14 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Por otro lado, el TEDH desestimó la denuncia de violencia o discriminación por género en el actuar negligente de las autoridades, pues no se acreditó que la falta de seguimiento de la causa fuese ocasionado por algún prejuicio o discriminación al género femenino de la víctima. También se desestimó la acusación de falta de normativa en contra de la violencia intrafamiliar, toda vez que, los informes internacionales aportados al proceso dan cuenta que las autoridades cuentan con protocolos de respuesta frente a dichos casos.

En definitiva, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos resolvió que Bulgaria vulneró los derechos a la vida e integridad física y psicológica de las denunciantes, madre e hija de la víctima, pues las autoridades no actuaron diligentemente frente a las denuncias de violencia intrafamiliar que presentó.

 

Vea texto de la sentencia.

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