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Moción.

Diputado propone se legisle para obligar a las empresas concesionarias de carreteras a alzar las barreras de las plazas de peaje cuando se produzcan congestiones vehiculares pasados treinta minutos.

El proyecto, que pasó a la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, tiene por objeto solucionar el malestar generado por los atochamientos vehiculares en las plazas de peajes.

9 de mayo de 2022

La moción, patrocinada por el diputado Gaspar Rivas, busca obligar a las empresas concesionarias de las carreteras a levantar las barreras de las casetas de peajes y dejar pasar gratuitamente a los vehículos motorizados al transcurrir treinta minutos continuos de congestión vehicular en las proximidades de una plaza de peaje.

El diputado expone como fundamento de su iniciativa, lo acontecido el fin de semana de las fiestas de Pascua de este año, que provocó la molestia y la incomodidad de miles de conductores producto de la congestión vehicular causada por un accidente de tránsito lo que se vio agravado por el atochamiento en las plazas de peaje.

Agrega que el Ministro de Transporte, Juan Carlos Muñoz, reconoció públicamente que su cartera carece de las facultades legales o contractuales para obligar a las empresas concesionarias a levantar las barreras de las casetas de las plazas de peaje y dejar pasar de forma gratuita a los vehículos cuando se produce congestión en las proximidades de dicha plaza.

En este contexto, el autor de la iniciativa afirma que se hace imperioso corregir tal falencia por lo que propone se legisle en la materia dado que la normativa legal que rige las concesiones de carreteras en nuestro país, que es el Decreto Supremo N° 900 de 1996 del Ministerio de Obras Públicas, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley N° 164 de 1991 del Ministerio de Obras Públicas, no da solución a esta problemática.

En lo concreto, propone se apruebe una norma legal del siguiente tenor:

“Artículo único: Sin perjuicio de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 900 de 1996 del Ministerio de Obras Públicas, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley N° 164 de 1991 del Ministerio de Obras Públicas y en el Contrato de Concesión que corresponda, todas las Concesionarias de Carreteras que operan en el territorio de la República estarán obligadas a ordenar el levantamiento de las barreras de las casetas de las plazas de peajes, permitiendo el paso gratuito de todo vehículo motorizado, una vez que hayan transcurrido treinta minutos de congestión vehicular en las proximidades de la respectiva plaza de peaje”.

 

Vea Boletín Nº14922-09  y siga su tramitación aquí.

 

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