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Destitución de edil.

Concejales de la ciudad de Arica piden la remoción del alcalde por notable abandono de deberes y faltas a la probidad.

En el libelo presentado ante el Tribunal Electoral acusan, entre otras irregularidades, el incumplimiento en las formas legales en la prórroga del contrato del Casino de la ciudad.

23 de septiembre de 2022

Un grupo de concejales de la Municipalidad de Arica interpuso ante el Tribunal Electoral Regional de Arica y Parinacota, una solicitud de remoción del cargo de Alcalde en contra del actual edil de la comuna, acusando diversas irregularidades.

En su libelo expresan que los cargos en que fundan la petición guardan relación con una serie de deficiencias, faltas a la probidad e incumplimientos dentro de la Municipalidad de Arica imputables al requerido, las que fueron constatadas y acreditadas a través de auditorías, inspecciones e informes de la Contraloría Regional de Arica, antecedentes que dan cuenta del notable abandono de deberes o falta de probidad del edil.

Entre las irregularidades acusadas, los concejales destacan: el incumplimiento de formas legales en la prórroga de la vigencia del Casino Municipal de Arica; alteraciones presupuestarias sin fundamento contable; falta de infraestructura suficiente para el funcionamiento de los Colegios dependientes del EX DAEM; restitución de montos por obras no realizadas; ausencia de fiscalización en convenios, entre otras.

Estiman que los hechos denunciados configuran el notable abandono de deberes que prevé el artículo 1 número 8 letra B) de la Ley N°20.742, que establece, “(…) se considerará que existe notable abandono de deberes cuando el alcalde o concejal transgrediere, inexcusablemente y de manera manifiesta o reiterada, las obligaciones que le imponen la Constitución y las demás normas que regulan el funcionamiento municipal; así como en aquellos casos en que una acción u omisión, que le sea imputable, cause grave detrimento al patrimonio de la municipalidad y afecte gravemente la actividad municipal destinada a dar satisfacción a las necesidades básicas de la comunidad local (…)”.

En el mismo orden de razonamiento, los solicitantes comparan el actuar del edil cuestionado y lo contraponen con la jurisprudencia del Tribunal Calificador de Elecciones, que sostiene; “(…) debe estimarse que un Alcalde incurre en la referida causal cuando se aparta de las obligaciones, principios y normas que comprenden los deberes esenciales de la función pública que le imponen la Constitución y las leyes, especialmente la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades; de un modo tal que su conducta, actuar u omisión imputables por sí sola tengan la gravedad o entidad necesaria que autoricen su remoción”.

En mérito de lo expuesto, los actores solicitaron al Tribunal Electoral que declare la remoción de su cargo de Acalde al edil de Arica, inhabilitándolo por un plazo de 5 años para ejercer cualquier cargo público.

La acción fue acogida a trámite por el Tribunal Electoral y actualmente se encuentra con plazo para contestar.

 

Vea texto solicitud de remoción Alcalde TER de Arica y Parinacota Rol N°998-2022.

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