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Debate sobre el proceso constitucional: elementos para el análisis, es el título de una publicación del Instituto Libertad y Desarrollo.

El nuevo proceso constitucional debiera orientarse por una serie de principios rectores: (i) sin hoja en blanco, (ii) incorporar la visión experta, (iii) de optarse por un nuevo órgano especialmente electo deben corregirse factores distorsionadores de la representación empleados en la elección de convencionales 2021, entre otros.

24 de septiembre de 2022

El compromiso de la mayoría de las fuerzas políticas que se alinearon con la opción Rechazo consistió en que de imponerse esa opción se perseveraría en el objetivo de contar con una “nueva y buena Constitución”, señala una publicación del Instituto Libertad y Desarrollo, que lleva por título “Debate sobre el proceso constitucional: elementos para el análisis”.

Pero el compromiso, agrega la publicación, no vincula a dichas fuerzas con un método o fórmula de proceso constitucional en particular. Bajo la interrogante de si ¿Es la realización de un nuevo acto eleccionario para conformar una nueva Convención Constitucional la única fórmula para materializar la consecución de este propósito?, la respuesta es no. Existen otros caminos igualmente válidos y legítimos para honrar ese compromiso, siendo la conformación de una comisión de expertos o la instancia del Congreso Pleno mecanismos que en ningún caso debieran descartarse a priori.

Luego la publicación se refiere a la experiencia comparada que ilustra respecto al hecho de que tanto las comisiones de expertos como la redacción de nuevos textos constitucionales en sede legislativa, han sido las fórmulas más empleadas por los países que iniciaron procesos constituyentes durante el siglo XX y la primera década del XXI.

Enseguida, el estudio de Libertad y Desarrollo resalta que el nuevo proceso constitucional debiera orientarse por una serie de principios rectores tales como: (i) partir de un punto de inicio validado y conocido: sin hoja en blanco, (ii) incorporar la visión experta, (iii) de optarse por un nuevo órgano especialmente electo para deliberar sobre una propuesta constitucional y, sin perjuicio del rol que de todas maneras pueda caberle al Congreso Pleno, se deben corregir factores distorsionadores de la representación empleados en la elección de convencionales 2021, (iv) incorporar un plebiscito ratificatorio con voto obligatorio, y (v) que se discuta en un plazo acotado.

 

Vea texto íntegro de la publicación

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