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Guía legal.

Muerte gestacional o perinatal: Contención, empatía y respeto por el duelo de cada madre, u otra persona gestante.

El propósito de la ley es establecer un estándar especial para el manejo clínico y acompañamiento en casos de muerte gestacional o perinatal.

10 de noviembre de 2022

Por Daniela Martínez Carvajal, U. Central

Desde siempre, tener hijos ha sido un proceso natural, pero con el avance de la sociedad y la tecnología, ha habido cambios en todo lo que concierne a la concepción, el embarazo y el parto. Por ejemplo, existe la posibilidad de ver el bebé durante la gestación a través de una ecografía desde el principio del embarazo. Esto permite saber precozmente si hay algún problema pero, sobre todo, facilita el apego de los padres con el hijo que esperan. De esta forma, los padres empiezan a sentir por este hijo y a considerarlo uno más de la familia desde el principio. Por lo tanto, cuando se produce un aborto, para los demás puede ser algo con poca importancia, ya que tiende a ser una pérdida socialmente invisible, pero para los padres significa la pérdida de un hijo al que ni siquiera han podido llegar a conocer.

Aquí es cuando aparece el duelo perinatal, que es aquel que surge de la pérdida del bebé durante el embarazo, el parto o los primeros días de vida. Son muy diversas las causas que pueden llevar a una pérdida de este tipo, aunque la mayoría de las veces no se llega a determinar exactamente.

1. ¿En qué consiste la muerte gestacional o perinatal?

Se trata de la pérdida ocurrida durante el embarazo, en el parto o en las primeras semanas de vida.

2. ¿Cuál es el propósito de la ley?

Establecer un estándar especial para el manejo clínico y acompañamiento en casos de muerte gestacional o perinatal.

3. ¿Qué dice la ley respecto a los derechos del paciente?

Se incorpora que los prestadores de salud deberán realizar acciones concretas de contención, empatía y respeto por el duelo de cada madre, u otra persona gestante, que hayan sufrido la muerte gestacional o perinatal.

4. ¿Qué dice la ley respecto a los derechos del paciente?

Los prestadores de salud deberán también realizar acciones de contención, empatía y respeto del padre o aquella persona significativa que acompañe a madre o gestante.

5. ¿Cómo se definirá cuáles serán esas acciones concretas?

El Ministerio de Salud dictará una norma técnica que establecerá los mecanismos o acciones concretas que deberán realizar los establecimientos de salud, para tales efectos se dispondrá de seis meses para la elaboración de dicha ficha.

6. ¿Las trabajadoras y los trabajadores que pierdan un hijo por muerte perinatal o gestacional tendrán días libres?

Gracias a la nueva modificación del Código del Trabajo, el trabajador o trabajadora dispondrá de tres a siete días hábiles por la muerte de la criatura en el periodo de gestación.

Este permiso es adicional al feriado anual, independientemente del tiempo de servicio del trabajador o trabajadora.

 

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