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Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Rusia no protegió a un grupo de reclusos categorizados como “marginados” que fueron abusados por otros reos.

Las autoridades rusas no tomaron medidas para reconocer el problema o para proteger a los solicitantes de los malos tratos que habían sufrido. Además, los demandantes no disponían de ningún recurso efectivo para quejarse de su situación, e incluso el Defensor del Pueblo admitió que tales quejas no tenían ninguna posibilidad de éxito.

9 de mayo de 2023

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acogió la demanda deducida contra Rusia por discriminar arbitrariamente a un grupo de reclusos calificados como “marginados”, al resolver que el Estado vulneró los artículos 3 (prohibición de tratos inhumanos o trato degradante) y 13 (derecho a un recurso efectivo) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Los demandantes, quienes cumplen condena en distintas prisiones de Rusia, adujeron que han sido duramente discriminados tras ser categorizados  como “marginados” en la cárcel, el rango más bajo dentro de la jerarquía informal del sistema penitenciario ruso. De mayor a menor importancia esta se clasifica en “elite criminal”, “colaboradores o rojos”, “muchachos” y “marginados” (también llamados “degradados”).

Señalaron que desde que fueron clasificados de esta manera han sido obligados a realizar tareas “degradantes”, y a dormir y comer separadamente de los demás convictos, a los que incluso no pueden tocar. En caso de incumplir estas reglas se exponen a sufrir violencia de todo tipo, incluso sexual. Según refirieron, este sistema jerárquico cuenta con el aval de sus custodios.

A pesar de haber presentado sus quejas ante las autoridades administrativas y de haber accionado en las respectivas instancias judiciales, sus reclamos no fueron escuchados, por lo que demandaron al Estado ruso en estrados del TEDH para exigir el cese de estas prácticas.

En su análisis de fondo, el Tribunal observa que “(…) las presentaciones creíbles y consistentes de los solicitantes, la extensa investigación académica, los informes sobre el tema, y el hecho de que el gobierno no se comprometiera con las afirmaciones de los solicitantes, dan cuenta de la existencia de la jerarquía informal de prisioneros; y que los demandantes habían sido asignados al grupo más bajo de esa jerarquía y sometidos al trato del que se quejaban”.

Agrega que “(…) los demandantes habían sufrido ansiedad mental. y sufrimiento físico por un período de años que debió haber excedido el sufrimiento inevitable inherente a la detención, lo cual constituía un trato inhumano y degradante”.

Señala que “(…) las quejas de los demandantes sobre su situación deberían haber provocado la acción de los funcionarios penitenciarios lo cual no ocurrió. Ni siquiera existe una política para castigar a los presos que han cometido o amenazado con violencia contra otros. Con referencia a la jurisprudencia y las fallas obvias en los sistemas de protección vigentes, es patente la falta de tratamiento de los “marginados” era un problema estructural en el sistema penal ruso”.

En definitiva, el Tribunal concluye que “(…) las autoridades rusas no tomaron medidas para reconocer el problema o para proteger a los solicitantes de los malos tratos que habían sufrido. Además, los demandantes no disponían de ningún recurso efectivo para quejarse de su situación, e incluso el Defensor del Pueblo admitió que tales quejas no tenían ninguna posibilidad de éxito”.

Al tenor de lo expuesto, el Tribunal resolvió acoger la demanda y condenar a Rusia al pago de $20.000 euros por concepto de daño moral.

 

Vea sentencia Tribunal Europeo de Derechos Humanos ECHR 128 (2023).

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  1. como si acá uds.estuviesen estuviesen haciendo justicia, hay que ser muy caradura,para hacer publicaciones críticas,mira la viga.