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lunes 21 de abril de 2025
Establece sistema de sanciones.

Gobierno español aprueba anteproyecto de ley que regula el uso de la inteligencia artificial en el país.

El régimen sancionador previsto en el anteproyecto establece multas que oscilan entre los 7,5 y los 35 millones de euros, o entre el 2 % y el 7% del volumen de negocio anual, con especificidades para pymes. La supervisión de estos sistemas estará a cargo de distintas entidades, entre ellas la Agencia Española de Protección de Datos, el Consejo General del Poder Judicial, la Junta Electoral Central y la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial.

El gobierno de España aprobó el anteproyecto de ley de gobernanza de la Inteligencia Artificial, cuyo objetivo es establecer un marco normativo para la regulación del desarrollo y uso de la inteligencia artificial en el territorio español, en línea con el Reglamento europeo de Inteligencia Artificial. Su tramitación se llevará a cabo por la vía de urgencia y, tras la conclusión de los trámites preceptivos, será remitido nuevamente al Consejo de Ministros para su aprobación como proyecto de ley antes de su remisión a las Cortes Generales.

El reglamento europeo establece disposiciones destinadas a la prevención de riesgos asociados a los sistemas de inteligencia artificial, incluyendo la prohibición de determinadas prácticas, la imposición de requisitos específicos para los sistemas considerados de alto riesgo y la exigencia de transparencia en el desarrollo y aplicación de dichos sistemas. Asimismo, la normativa reconoce el derecho de las autoridades competentes a retirar provisionalmente del mercado aquellos sistemas de inteligencia artificial que hayan generado incidentes graves.

Desde el 2 de febrero de 2025 se encuentran en vigor las prohibiciones de prácticas específicas, que podrán ser objeto de sanción a partir del 2 de agosto de 2025. Dentro de dichas prácticas prohibidas se incluyen, entre otras: la utilización de técnicas subliminales para influir en la toma de decisiones sin consentimiento informado, la explotación de vulnerabilidades personales con el fin de alterar el comportamiento de las personas, la clasificación biométrica en función de características protegidas, la puntuación de individuos en base a criterios de conducta social y la valoración del riesgo delictivo basada en datos personales con excepciones reguladas. La normativa también prohíbe el uso de sistemas de inferencia emocional en ámbitos laborales y educativos como método de evaluación salvo por razones de seguridad o médicas.

El régimen sancionador previsto en el anteproyecto  establece multas que oscilan entre los 7,5 y los 35 millones de euros, o entre el 2 % y el 7% del volumen de negocio anual, con especificidades para pymes. La supervisión de estos sistemas estará a cargo de distintas entidades, entre ellas la Agencia Española de Protección de Datos, el Consejo General del Poder Judicial, la Junta Electoral Central y la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial.

Los sistemas de inteligencia artificial considerados de alto riesgo incluyen aquellos empleados en productos industriales con elementos de seguridad, infraestructuras críticas, educación, empleo, servicios esenciales, administración de justicia y procesos democráticos. Dichos sistemas deberán cumplir con requisitos de gestión de riesgos, supervisión humana, documentación técnica, transparencia, gobernanza de datos y aseguramiento de la calidad. Las infracciones podrán clasificarse en muy graves, graves y leves, con sanciones proporcionales a la gravedad del incumplimiento.

A partir del 2 de agosto de 2026, el Reglamento europeo obliga a los Estados miembros a disponer de al menos un entorno controlado de pruebas (sandbox de IA) para facilitar la experimentación en condiciones reguladas. En este sentido, España ha implementado un programa de selección de sistemas de IA de alto riesgo, cuyo propósito es generar directrices técnicas aplicables al cumplimiento de la normativa vigente.

Vea texto del anteproyecto de ley.

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