Bastante se ha comentado sobre la condena de 28 años impuesta al señor Nicolás Zepeda en Francia por el supuesto asesinato de su expareja, Narumi Kurosaki, hecho supuestamente ocurrido en diciembre de 2016. Sin embargo, muchos a su vez se preguntan: ¿por qué enfrentará un nuevo juicio si la justicia francesa ya lo ha declarado culpable no en una sino en dos oportunidades anteriormente? La respuesta a esta interrogante radica en otra cuestión fundamental: ¿fueron justos y ajustados a derecho los dos juicios anteriores?
El pasado 26 de febrero, la propia Corte de Casación francesa respondió a esta interrogante anulando la condena y el juicio debido a vulneraciones graves al debido proceso.
Pero, ¿cuál fue la razón especÃfica que llevó a la Corte de Casación a considerar que se habÃa violado el derecho a un juicio justo? Según lo expuesto en el considerando octavo de su sentencia, la anulación se justifica porque la FiscalÃa utilizó prueba sorpresiva y desconocida para la defensa, prueba generada de manera autónoma por un funcionario policial tras la finalización del perÃodo de investigación. Infracción que se materializó durante la declaración del oficial investigador M. Touris, quien, mediante una presentación en PowerPoint, introdujo información nueva y adicional que no formaba parte del expediente. Esto privó a la defensa de la posibilidad real de contrastar o cuestionar dicha evidencia, afectando gravemente el derecho a una defensa efectiva.
No podemos olvidar que el debido proceso es un principio fundamental en cualquier ordenamiento jurÃdico serio, y constituye la base de un juicio justo. En Francia, al igual que en Chile, la prueba debe ser generada durante la etapa de investigación, y, como regla general, no pueden incorporarse antecedentes nuevos en juicio salvo contadas excepciones. Esta garantÃa permite que la defensa ejerza su derecho a refutar la acusación con plena igualdad de armas.
La decisión de la Corte de Casación deja en evidencia que, tanto en Francia como en Chile, la FiscalÃa no puede obtener una condena a cualquier costo, mucho menos mediante la introducción de pruebas inesperadas y sorpresivas para la defensa. Las reglas del debido proceso exigen que todas las partes «jueguen limpio» y que los principios de imparcialidad y transparencia sean respetados.
En consecuencia, al haberse anulado tanto la primera como la segunda condena, Nicolás Zepeda enfrentará un tercer juicio. Independientemente del resultado, solo será válido si se lleva a cabo conforme a los principios básicos de justicia y debido proceso. La garantÃa de un juicio justo no es un privilegio ni una formalidad, sino una piedra angular del estado de derecho.
Este nuevo juicio reviste una relevancia crucial no solo para el caso en particular, sino también para el sistema judicial en su conjunto. Un proceso viciado, donde la defensa se ve privada de conocer y refutar la prueba presentada en su contra, mina la confianza en la justicia y deja abierta la posibilidad de condenas erróneas. En un estado democrático, la búsqueda de la verdad debe realizarse bajo estrictas normas de imparcialidad y respeto a los derechos fundamentales de todas las partes.
Por ello, el debate sobre este caso no debe reducirse a si Zepeda es culpable o inocente, sino también a la garantÃa de que el proceso en su contra sea legÃtimo y justo. La anulación del juicio anterior nos recuerda que la justicia no solo debe aplicarse, sino que debe hacerlo con estricto respeto al debido proceso, dado que solo un proceso transparente y respetuoso del debido proceso podrá ofrecer una respuesta justa y legÃtima. (Santiago, 13 de marzo de 2025)