Artículos de Opinión

Ecos positivos del fallo de la Corte Internacional de la Haya.

Discrepando de los amargos comentarios de quienes piensan que Chile resultó perjudicado con el fallo del diferendo sobre la frontera marítima entre Chile y Perú, creo que nuestro país salió incólume de un conflicto en el cual –si la Corte hubiese dirimido el caso en equidad– la frontera pudo haberse fijado bisectando el ángulo formado por las líneas de base de las costas de ambos países; ya que la bisectriz es la línea equidistante de los lados de un ángulo.

3 de marzo de 2014

Derecho a la educación, libertad de enseñanza y financiamiento público en la educación escolar. Tercera parte: niveles educacionales no obligatorios.

La Carta Fundamental es clara al establecer cuales son los niveles de educación obligatorios. Sin embargo, esa claridad desaparece cuando se trata de determinar cuales son los niveles de enseñanza no obligatorios, respecto de los cuales, el Estado no tiene el deber específico de financiar su gratuidad, sino sólo a fomentar la educación en esos niveles.

29 de enero de 2014

La sentencia y sus enseñanzas.

Ninguna de las partes en el diferendo entre Perú y Chile, obtuvo todo lo deseado. Si bien, Perú se benefició a expensas de Chile, claramente. Chile pidió a la Corte que rechazara todo lo argumentado por Perú. No se logró, sino en parte.

28 de enero de 2014

“Muerte cerebral” y desconexión de mujer que gesta un niño por nacer.

Marlise Muñoz, una mujer casada de 33 años con un embarazo de 3 meses sufrió en noviembre de 2013 una embolia pulmonar; fue internada en el Hospital de Fort Worth, Texas, y conectada a un ventilador mecánico que le permite seguir respirando. Los médicos diagnosticaron que no se recuperaría y que estaba en lo que se conoce como “muerte cerebral”.

23 de enero de 2014

El rol de los jueces en un Estado de Derecho.

Desde un punto de vista constitucional, el poder judicial se encuentra regulado en el capítulo sexto de la Carta Fundamental, en donde se establecen las bases constitucionales del mismo. Por su relevancia, para el nombramiento de los jueces nuestra Constitución ha diseñado un sistema mixto de generación, con participación de los tres poderes del Estado.

21 de enero de 2014

La reforma del Derecho Administrativo chileno. De la primacía de la persona humana a la primacía de las personas.

No es difícil encontrar textos jurídicos que siguiendo una estructura bastante tradicional se planteen el Derecho Administrativo como el derecho del control a la Administración. Esta forma de comenzar los estudios de la disciplina ha sido especialmente exitosa en bastantes países. Sus premisas son bastante conocidas. El poder es peligroso y la manera en que puede dejar de serlo es limitarlo. El Derecho Administrativo es así un derecho relevante porque analiza la forma de actualizar esos límites.

10 de enero de 2014

Carta Iberoamericana

El 10 de octubre de 2013 el CLAD (Centro latinoamericano de Administración para el Desarrollo) aprobó la Carta Iberoamericana de los Derechos y Deberes del Ciudadano en relación con la Administración Pública. Una Carta que se enmarca en los anteriores documentos del CLAD en orden a la mejora de la Administración de la región. Con […]

2 de enero de 2014

El principio de la reserva legal de delitos y penas en el derecho administrativo sancionador disciplinario.

El principio de legalidad del delito y la pena, también conocido como principio de reserva legal de delitos y penas, con plena y estricta aplicación en el derecho penal, viene impuesto constitucionalmente por los incisos 7° y 8° del artículo 19 N° 3, desde el momento en que el constituyente asegura a todas las personas, que: “Ningún delito se castigará con otra pena que la que señale una ley promulgada con anterioridad a su perpetración, a menos que una nueva ley favorezca al afectado…” y que “Ninguna ley podrá establecer penas sin que la conducta que se sancione esté expresamente descrita en ella…”.

27 de diciembre de 2013

Sociedad civil y sistema representativo: confluencia deliberativa.

Una nueva Constitución debe ser producto y generar una institucionalidad que permita la confluencia deliberativa (CD) entre sociedad civil y sistema representativo. La CD la entiendo como un espacio de encuentro y dialogo político, que permita la expresión y la comunicación entre la sociedad civil y el sistema representativo, donde las expresiones de aquella puedan ser recogidas y canalizadas por este.

23 de diciembre de 2013

Resignados.

Todo indica que lo estamos, ante el inminente Fallo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya. No olvidemos que así se pactó, al aceptarse la controversia planteada por Perú el 2008. Aunque en verdad se inició en 1986, con el conocido Memorándum Bákula, y construida pieza a pieza, paso a paso, con persistencia y habilidad. Hasta llegar a la Corte, donde todo lo que obtenga el Perú, por mínimo que sea, será a expensas de Chile. No pudimos o no supimos anticiparnos a esta realidad.

23 de diciembre de 2013

A la espera de una sentencia.

La Corte de La Haya dictará su Sentencia el 27 de enero. Un pleito que comenzó con la Memoria (Demanda) peruana, en enero de 2008. Seis años después, conoceremos el nuevo límite marítimo entre Chile y Perú. El de los Tratados de 1952 y 1954, reconocido por ambos países, y la práctica desde entonces, más las Actas de 1968 y 1969, ya no existe.

22 de diciembre de 2013

Presidente electo.

La figura del “presidente electo” aparece en los arts. 26 a 28 de la Constitución pero, seguramente porque se trata de un estado temporal, no ha sido mayormente estudiada. Dadas las circunstancias en las que estamos, en que se ha producido la segunda vuelta en la elección presidencial que debe nominar al sucesor, en este caso la sucesora, del Presidente saliente Sebastián Piñera, puede interesar fijarse en la regulación del especial estatuto jurídico del Presidente electo.

20 de diciembre de 2013

Elección Presidencial.

Hay quienes reclaman con denuedo poner fin a una Constitución impuesta por un gobierno autoritario sustituyendo el ejercicio de la soberanía popular. Pero cabe preguntarse si quienes así piensan representan a la mayoría. Y hay quienes creen que una Constitución que nos ha regido por más de 3 décadas y ha sido objeto de 33 reformas, merece la legitimación de su práctica y reconocimiento generalizado. Pero cabe la misma pregunta: ¿así piensa la mayoría?

19 de diciembre de 2013

Relaciones Iglesia Católica-Estado: algo para recordar.

Ante el derecho internacional público y ante el derecho canónico un concordato es cualquier convenio o acuerdo de voluntades entre dos personas jurídicas de derecho internacional público, a saber, la Santa Sede y los Estados (u otra persona jurídica de derecho internacional). Puede ser amplio (si regula las más importantes cuestiones entre ambas potestades) o restringido (si regula una o más cuestiones específicas). Hay diferentes formas de celebrar un concordato.

18 de diciembre de 2013

Democracia y Revolución.

Nada más alejado de la democracia que la revolución. Si la primera busca el entendimiento en base a la razón, la segunda asegura el conflicto radical como modo de cerrar todo debate. Más todavía, si la democracia presupone respeto a los derechos fundamentales, de algún modo la revolución implica quiebre y negación.

17 de diciembre de 2013
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