Artículos de Opinión
El derecho a no autoincriminarse en los procedimientos tributarios.
existen diversos tratados o convenios de derechos humanos que contienen numerosos principios que pueden ser interpretados y aplicados para defender el derecho a no autoincriminarse en procedimientos administrativos de determinación de impuestos e infraccionales. En nuestra legislación nacional, sin duda podría aplicarse en procedimientos sancionatorios porque existe identidad sustantiva de sus normas que, junto a las penales, formarían parte del ius puniendi.
El deber de reporte de operaciones sospechosas y la discutible extensión interpretativa del Artículo 6 de la ley 19.913.
El artículo 3 de la Ley 19.913 establece una obligación de alertar, dirigida a una serie de instituciones, dentro de las cuales están los bancos, que tiene por objeto avisar a la Unidad de Análisis Financiero respecto a operaciones sospechosas que pudieren ser indiciarias del delito de lavado de activos.
Ley «Machuca»: ¿Calidad o Caridad?
Más allá que el proyecto trate de ser parte de una solución, está lejos de serlo, porque no se hacen cargo del fondo del problema: la mala calidad de la educación pública, aquella que se imparte en establecimientos cuyos estudiantes están insertos en contextos de alta vulnerabilidad social, económica y cultural, justamente los que están en esos cuatro primeros deciles.
La nulidad de derecho público frente a materias distintas del acto administrativo.
Pareciera que el carácter operativo de la Carta Fundamental ?y en particular de su artículo 7°- ha visto empobrecido su ámbito de aplicación general, ya sea por el desarrollo legislativo y/o jurisprudencial, circunscribiendo esta nulidad solo al casillero del Derecho Administrativo chileno.