Uso de firmas electrónicas por los órganos del Estado y sus funcionarios.
La ley exige que los instrumentos públicos de los órganos del Estado se firmen con criptografía asimétrica, con certificados o software de firmado electrónico o avanzadamente; tal opción, porque en el hecho no posee y nunca se genera lo que la ley llama «plena prueba» de lo firmado, nos sigue pareciendo una opción legal equivocada.