Artículos de Opinión
Una acusación constitucional sin fundamento.
Lo que la Excma. Corte debió atender fue el derecho humanitario que favorece a tales condenados, no para reducir ni eliminar el castigo, ni para borrar lo deshonroso de su condena sino para modificar su forma de cumplimiento en consideración a su edad, a enfermedades incurables y al cumplimiento de los demás requisitos que la ley establece.
Sobre el informe de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) relativa a la actividad notarial chilena, o de la mezcla perfecta entre peras y manzanas.
Si quisiéramos analizar económicamente la actividad notarial, sólo lo podríamos hacer con respecto a las relaciones entre el personal y el notario, o entre los usuarios y el oficio, cuestión que en algún punto del informe se da. No obstante, no es posible aplicar el análisis económico a la fe pública.
Brechas de datos, a propósito de la filtración de datos de tarjetas de crédito.
Lo sucedido revela una clara deficiencia en nuestra legislación de protección de datos personales, y esta es que gran parte de la información fue primero publicada por medios de prensa, redes sociales; mientras que los bancos afectados informaron por Twitter, sus páginas web y correo a sus clientes de los ataques ocurrido
Gendarmería: De la rehabilitación, reinserción y contribución en sociedad.
Si bien existen casos de empresas privadas que, motivadas por razones altruistas, han decidido contratar a internos e instalarse al interior de los penales, lo natural es que ello no ocurra en forma espontánea. Es el Estado el que debe promoverlo y para ello una buena herramienta puede ser el incentivo tributario.
Bueno… ¿Ejerce el poder judicial control de constitucionalidad?
La interpretación y aplicación de la Constitución no puede ser concebida como una potestad reservada exclusiva y excluyente, a un solo órgano estatal, configurando un monopolio de la Constitución, ya que sostenerlo así es plantear una fórmula inconsistente con el Estado democrático y constitucional de derecho.