Artículos de Opinión

Probidad y Transparencia: Principios fundamentales del Estado.

La probidad y transparencia son principios fundamentales para los funcionarios públicos y los ciudadanos. Su aplicación efectiva significará tener un Chile con menos corrupción y más justo para todos nuestros compatriotas.

En momentos en que nuestra clase política está altamente cuestionada, se hace más importante que nunca hablar de las bases que sustentan nuestra institucionalidad. Es importante no confundir a personas sospechosas de actos de corrupción con crisis de instituciones. Considero que no estamos ante una crisis institucional, ya que han sido los órganos contemplados por la Carta Fundamental lo que están actuando en los casos de falta de probidad, como los Tribunales de Justicia, el Ministerio Público o la Contraloría General de la República. Afortunadamente estamos en un país donde la corrupción no nos es indiferente y es importante que la ciudadanía utilice todos los mecanismos que le da el ordenamiento jurídico, como la Ley de Transparencia y Lobby, y las denuncias ante la Contraloría o las Fiscalías. Otra herramienta de denuncia muy importante en la actualidad son las redes sociales.

El Capítulo primero de nuestra Constitución consagra una serie de principios fundamentales para un Estado Constitucional y Democrático de Derecho: la primacía de la persona humana, la servicialidad del Estado, la juridicidad, la probidad y la transparencia. A estos dos últimos me abocaré, en esta oportunidad con mayor detención.

En primer lugar, estos principios constitucionales no son meras declaraciones de buena voluntad. El constituyente los ha consagrado en el Artículo 8 de la Constitución Política. Además el legislador ha incorporado una  serie de normas que desarrollan tanto la probidad como la transparencia.  Estos deben obligatoriamente ser tomados en cuenta por nuestros servidores públicos, y por ende deben aplicarlos.

¿Qué es la probidad? El Art. 52 Inc.2º de la Ley 18.575 señala: “El principio de la probidad administrativa consiste en observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular”. La probidad es mucho más que no cometer delitos funcionarios, como la malversación de fondos públicos o el tráfico de influencias. Implica una actitud de vida, una visión y una misión laboral.

Como contrapartida, los ciudadanos pueden exigir de sus servidores públicos una serie de derechos, entre lo que particularmente destaco los contemplados en el Artículo 17 de la Ley 19.880, y especialmente el contenido en su letra e) que señala: “Ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y funcionarios, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones”. El hacer un trabajo bien hecho es una obligación constitucional y legal, por lo tanto, nuestro deber es formar y capacitar a los funcionarios públicos en el cumplimiento de estos deberes. También es importante darle un sentido trascendente a estos deberes, que nuestros funcionarios no lo sientan como una imposición, sino que sea una consecuencia lógica del amor a Dios, al prójimo, a la patria, a los más desposeídos, o bien, que la aspiración sea querer un Chile más justo e inclusivo, según sea la convicción de cada uno.

La transparencia por su parte, ha tenido un importante desarrollo a partir de la promulgación de la Ley 20.285 sobre acceso a la información pública. Se ha debatido profusamente, por ejemplo, la publicidad de los correos electrónico. Pero más allá de eso, los ciudadanos han podido acceder a una importante cantidad de información de manera ágil y oportuna. Nuestro mayor desafío en este ámbito es la gestión documental. ¿Cómo almacenan la información nuestros organismos públicos? En la realidad que me ha tocado vivir he visto un trabajo laborioso de muchas secretarias, que se esfuerzan por tener archivadores lo más ordenado posible. Pero la labor se dificulta en la medida en que la información es excesiva y a veces duplicada por distintas unidades de una misma institución. Se hace urgente capacitar a nuestros funcionarios en esta materia y dar los medios necesarios  para que la custodia de tan importante información se haga de la mejor manera.

Recientemente ha entrado a regir la Ley 20.730 que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios. Esta normativa busca aumentar los estándares de probidad y transparencia de nuestras autoridades, para que los ciudadanos estén informados respecto de las personas con las que reúnen nuestros servidores públicos antes de adoptar una decisión. Al igual que la Ley de Transparencia, la llamada Ley del Lobby constituye un importante desafió para nuestra autoridades, especialmente a las comunales, las cuales tuvieron dificultades importantes para cumplir con la Ley de Transparencia.

En conclusión, probidad y transparencia son principios fundamentales para los funcionarios públicos y los ciudadanos. Su aplicación efectiva significará tener un Chile con menos corrupción y más justo para todos nuestros compatriotas. Para lograrlo debemos apoyar a nuestros servidores públicos con la adecuada capacitación, debemos entregar los recursos necesarios a nuestras instituciones públicas, enseñar a nuestras autoridades y ciudadanos más allá de las normas también la importancia del actuar de manera ética, y generar mayores mecanismos de control autónomos que puedan velar por la adecuada conducta de nuestras autoridades (Santiago, 24 abril 2015)

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  1. Si un(a) director(a) de un Establecimiento Educacional y por fallo Judicial Tutela Laboral y ratificado por la Corte de Apelaciones; este último también ratifica que hubo violación a los derechos fundamentales de parte de la jefatura a un docente: ¿Es esto falta a la Ley de Probidad?