Columnistas

Edgardo Riveros

Ex Subsecretario de Relaciones Internacionales. Profesor de Derecho Internacional de la Universidad Central.


El debate en torno al Derecho Internacional y la Constitución.

En este proceso que lleva al Estado a vincularse a un tratado internacional debe resguardarse el principio de supremacía constitucional, además de observar si existe alguna eventual colisión con otras normas de derecho interno, que deban ser ponderadas en resguardo del interés nacional, lo que puede llevar a concluir que se estime no conveniente vincularse a un determinado tratado. La aplicación de estos procedimientos ha tenido lugar en nuestro país.

2 de agosto de 2023


La Corte Suprema y los tratados sobre Derechos Humanos.

Al analizar la relación entre las normas del derecho internacional de los derechos humanos y las constitucionales, y luego de hacer mención del artículo 5°, inciso segundo del actual texto constitucional, la Corte concluye que los tratados sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentran vigentes tienen rango supraconstitucional.

9 de julio de 2021


Jerarquía constitucional de los tratados de derechos humanos en Chile.

El artículo 5° le otorga rango constitucional a los tratados que garantizan el respeto a los derechos humanos, incorporándolos automáticamente al ámbito jurídico interno desde el momento que el Estado de Chile otorga el consentimiento para obligarse por el respectivo tratado, concediéndoles una jerarquía mayor que a los demás tratados internacionales.

23 de abril de 2021


Importante fallo de la Corte Suprema sobre recurso de amparo y migración.

Señala tres instrumentos jurídicos de mucha importancia de dicho derecho: la Declaración de Cartagena sobre Refugiados, de 1984, la Declaración de San José sobre Refugiados y Personas desplazadas, de 1994 y la Resolución 2/18 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre Migración forzada de personas venezolanas.

10 de marzo de 2021


Un aporte valioso al Derecho Internacional del Medio Ambiente.

La Corte ha tenido en cuenta que diversos derechos pueden verse afectados a partir de problemáticas ambientales y que ello «puede darse con mayor intensidad en determinados grupos en situación de vulnerabilidad», entre los que se encuentran los pueblos indígenas.

14 de agosto de 2020


El Protocolo Facultativo de la Convención Internacional para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

Se concluye que sería una inconsecuencia no aprobar el Protocolo referido, ya que nada de lo expuesto menoscabaría, en forma alguna, la independencia o soberanía del Estado chileno.

15 de marzo de 2019


Una decisión cuestionable.

Desgraciadamente, el Gobierno ha agregado a nuestro país a la lista de quienes se restan del esfuerzo que está haciendo Naciones Unidas ante la realidad migratoria, sumándose a aquellos que han sostenido la posición más rígida y combativa en la materia.

12 de diciembre de 2018


El Papa, la pena de muerte y la legislación internacional.

De conformidad a lo expuesto, esperamos que, en un futuro no lejano, la pena de muerte sea abolida definitivamente, incluido nuestro país.

8 de agosto de 2018


Sanción de la OEA al Gobierno venezolano.

Confiamos que el Grupo de Lima consiga el objetivo de sumar los votos necesarios, a partir de la reafirmación de que la protección de los derechos humanos y las acciones humanitarias no constituyen una intromisión en los asuntos internos de los Estados, sino, por el contrario, son una facultad y más que eso, una obligación de la comunidad internacional organizada.

8 de junio de 2018


El cambio de sede de la embajada de Estados Unidos a Jerusalén. Un mal paso.

Es grave para la búsqueda de una solución pacífica que con esta actitud una de las partes en el conflicto, Palestina, vea al gobierno de Estados Unidos como un interlocutor no válido para el encuentro entre Israelíes y palestinos.

23 de mayo de 2018


Chile y el Pacto de Bogotá.

El fallo de la Corte, en el caso de la demanda de Perú contra Chile, fortaleció la posición de aquellos que sostienen que Chile debe denunciar el Pacto de Bogotá. Sin él, argumentan, no se habría producido la demanda de Perú y tampoco, agregan, la acción de Bolivia contra Chile.

4 de abril de 2018


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