Columnistas

Jonás Aponte
Abogado. Licenciado en Ciencias Fiscales mención Rentas. Estudios de Especialización en Derecho Tributario.

Comentarios sobre la sentencia que elimina el recurso de protección por la demora excesiva del Servicio Nacional de Migraciones.

Leer un enunciado normativo por correcto, justo y necesario que sea, no es sinónimo de efectividad; leer la norma no significa que se comprenda y tampoco que sepamos qué ocurre en la realidad que se nos debería presentar; la heteronomía del derecho en ocasiones requiere de un aparto coercitivo, como el proporcionado por el poder judicial. Formular que la Ley indica que el carnet está vigente y que por tanto no existe desigualdad, es contrario al saber y a la realidad.  

5 de mayo de 2023


¿Interponer un recurso de protección o amparo por el retardo excesivo del Servicio Nacional de Migraciones viola el principio de igualdad?

Cierto es que los jueces deberán inquirir en qué supuestos existe un trato desigual o discriminatorio, no obstante, el argumento que esboza la Corte de Apelaciones de Santiago incorrectamente sugiere que los tribunales de justicia estarían creando discriminaciones arbitrarias o desigualdades injustas si acogen un recurso de protección o amparo por el retardo en la tramitación de solicitudes migratorias; no obstante, es preciso señalar que dentro del trinomio sistemático fundamental al que alude Piero Calamandrei, la jurisdicción juega un papel fundamental, porque los jueces lejos de quebrar el principio de igualdad, declaran la voluntad de ley aplicable al caso concreto, es decir, dirimen una controversia entre dos partes y con ello buscan la paz social.  

9 de enero de 2023


Breves notas históricas y actuales sobre la motivación de la sentencia.

Es una práctica común realizar valoraciones de determinada institución de forma acrítica, sin analizar sus orígenes y, en los casos en los que se hace, el anacronismo es un fenómeno recurrente.  Con la motivación ocurre lo mismo, se exige a los jueces que motiven sus sentencias como una condición formal del proceso, pero no nos detenemos a pensar el por qué o desde cuándo se motivan los fallos o si siempre existirá tal exigencia como la conocemos.

20 de julio de 2022


La Ley de migraciones y la metaactividad: ¿puede una ley surtir efectos sin estar vigente?

Nos encontramos frente a dos reglas que son de signo inverso y se excluyen mutuamente, por un lado la vigencia inmediata y, por el otro, la vacancia legal. Es preciso destacar que el artículo 7 del Código Civil dispone un numerus apertus para establecer distintas fórmulas de vacancia como se lee de su enunciado: “podrá establecer reglas diferentes para su publicación”, vale decir, se podrá disponer de un lapso, plazo o de una condición suspensiva, como ocurrió en el presente caso.

10 de marzo de 2022


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