Vigésimo séptimo Juzgado Civil de Santiago, ROL N° C-8869-2021, caratulado “COLEGIO SUIZO DE SANTIAGO/GONZÁLEZ”, por resolución de fecha 7 de febrero de 2025 se ordenó notificar por aviso extractado la resolución que recibe la causa a prueba a don BENJAMÍN ANDRÉS RIVERA ZAPATA, cédula de identidad N° 15.897.871-7. Con fecha 7 de febrero de 2025 el Tribunal resuelve: Proveyendo a la presentación de la demandante de fecha 10 de enero de 2025, folio 105: Vistos: Se recibe la causa a prueba por el término legal, fijándose los siguientes hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, sobre los cuales recaerá: 1.- Efectividad de haberse celebrado entre las partes un contrato de prestación de servicios educaciones. Estipulaciones pactadas, fecha de celebración, y monto de las colegiaturas demandadas. Circunstancias. 2.- Si la demandada pagó las mensualidades pactadas en el contrato materia de autos. En su caso, fecha, monto y demás circunstancias. 3.- Efectividad de encontrarse en mora la demandada. Se fijan para la testimonial las audiencias de los tres últimos días hábiles del probatorio, a las 09:00 horas. Si la última de ellas recayere en día sábado, ríndase al día hábil siguiente, en la hora señalada. Atendido el mérito del proceso notifíquese por cédula y, en el caso del demandado don Benjamín Rivera Zapata, cédula de identidad N°15.897.871-7, atendido el mérito del proceso notifíquesele conforme lo dispone el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil. Por resolución de 19 de mayo de 2025 y por resolución de 5 de junio de 2025 el Tribunal aclaró la resolución de 7 de febrero de 2025, aclaratorias que se tuvieron presentes como parte integrante de lo resuelto con fecha 7 de febrero de 2025 para todos los efectos legales.