Cartas al Director

¿Qué beneficios jurídicos, políticos y parlamentarios obtiene «Chile Vamos» al presidir la Cámara de Diputados?

Felipe Rivera

9 de abril de 2020


Repercusión ha generado en el mundo político el triunfo de la centroderecha en la elección de la mesa interna (año legislativo 2020) de la Honorable Cámara de Diputados de Chile, en la cual el Diputado Diego Paulsen (RN), se convirtió en el nuevo Presidente de dicha Corporación con 58 votos por sobre su contendor, el Diputado Gabriel Silber quien obtuvo 56 preferencias. Además el pacto político y electoral logró también posicionarse en la Primera Vicepresidencia de la Cámara, por medio de las 61 preferencias que obtuvo el Diputado Francisco Undurraga (Evópoli), imponiéndose por sobre la Diputada comunista Karol Cariola[1].

Tal acontecimiento político parlamentario ha demostrado lo fraccionada y débil que se encuentra hoy la izquierda chilena, ya que el triunfo de Chile Vamos en la Cámara se debió en gran medida a la decisión de algunos Diputados opositores, de no prestar su apoyo a los candidatos que los mismos Comités de los Partidos políticos de la izquierda y centro izquierda a habían propuesto y acordado.

Sin embargo, cabría preguntarse ¿Qué gana o que beneficios legislativamente hablando tiene la centroderecha al presidir dicha Corporación? En mi opinión, los Partidos políticos de Chile Vamos (RN, UDI, EVÓPOLI) y el oficialismo en general obtienen un gran punto a favor con este acontecimiento, ya que por dicha Mesa pasan gran parte de las decisiones políticas y legislativas relevantes.

El Reglamento de la Cámara de Diputados de Chile, en su artículo 46[2] contempla una serie de atribuciones y facultades que posee la Mesa de dicha Corporación, por ejemplo, la Mesa puede indicar los asuntos de despacho inmediato y los de fácil despacho, y fijar su orden en la respectiva tabla. Durante los 2 periodos legislativos que presidieron a este, tal acción parlamentaria fue mal utilizada por la mayoría política de la Cámara, potenciando la figura del obstruccionismo legislativo, ya que se daba prioridad a las mociones parlamentarias cuya autoría correspondía a Diputados de oposición y retrasaba la tramitación y despacho de los mensajes presidenciales del Poder Ejecutivo y las mociones parlamentarias presentadas por los Diputados oficialistas. En la práctica legislativa encontramos casos recientes, tales como la reforma al sistema de pensiones o el proyecto de ley de ingreso mínimo garantizado, ambos pertenecientes a la denominada “agenda social” del Gobierno, que por lo demás tenían suma urgencia para tramitarse pero que igualmente fueron retrasados tanto por la Cámara de Diputados como el Senado.

Respecto a lo beneficioso de ganar la Presidencia de Cámara, me gustaría analizar lo establecido en el artículo 55 número 2 del Reglamento de la Corporación, esto es, la función del Presidente de la Cámara de “declarar la inadmisibilidad de los proyectos y de las indicaciones en conformidad a los artículos 15 y 25 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional”[3], esto porque durante el presente periodo legislativo (2018-2022), se han presentado variados proyectos de ley, principalmente mociones parlamentarias en las cuales se pone en duda su constitucionalidad de fondo, ya que en variadas ocasiones el texto de dichas mociones no respetaba la iniciativa exclusiva que tiene el Presidente de la Republica respecto de ciertas materias de ley, contemplada en el artículo 65 de la Constitución Política de la Republica[4] y que generaba una relevante discusión legislativa constitucional entre el oficialismo y oposición.

Quizás existen muchas inquietudes e interrogantes acerca del trabajo cooperativo que pueda darse entre ambas ramas del Congreso Nacional, por tratarse de Corporaciones presididas por pensamiento políticos diferentes[5]. Sin embargo, pienso que ello constituye un verdadero desafío para la vida política chilena, ya que sería el momento de que nuestros Congresistas y la clase política en general,  demuestren esa “unidad” que tanto esperan los chilenos de sus autoridades, sobre todo en tiempos de crisis política, económica, social y sanitaria.

 

 

Felipe Rivera 
Estudiante de la Carrera de Derecho, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales,  Universidad de Atacama. 

 


[1] Reyes, Carlos. La Tercera. Disponible en: https://www.latercera.com/politica/noticia/oposicion-sufre-inedito-reves-y-chile-vamos-se-queda-con-la-presidencia-de-la-camara-de-diputados/YETCPR7IMZBFJDMYGB7SQIFAVQ/ [Consultada el 7 de abril de 2020].

[2] Artículo 46 del Reglamento de la Cámara de Diputados de Chile.

[3] Artículo 55 número 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados de Chile.

[4] Artículo 65 de la Constitución Política de la República de Chile. 

[5] Morel, Trinidad. El Libero. Disponible en: https://ellibero.cl/alerta/la-senadora-ppd-adriana-munoz-asume-como-nueva-presidenta-de-la-camara-alta/ [Consultada el 7 de abril de 2020].

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