Cartas al Director

Días contados para el proyecto de «nacionalización» de los fondos que se encuentran en las AFP.

Agustín Soto Gidi

19 de mayo de 2020


Pareciera ser que muchos de nuestros Congresistas no han logrado madurar sus conocimientos en materia constitucional, ni tampoco, en tramitación de leyes. Pese a ser algo “cotidiano” del ejercicio de su trabajo cuesta creer que presenten proyectos manifiestamente inconstitucionales, ya sea en forma o fondo.
No continuará con su tramitación el proyecto presentado por la oposición que busca declarar de interés nacional las AFP. Lo anterior debido a que, de acuerdo con nuestra carta fundamental, corresponderá al Presidente de la República la iniciativa exclusiva para establecer o modificar las normas de seguridad social o que incidan en ella, tanto del sector público como privado. Podemos apreciar desde ya un profundo error de forma.
Antes de continuar, me gustaría señalar que la Cámara de Diputados, pese a verse restringida por la norma fundamental en ese sentido, cuenta con la posibilidad de tramitar “proyectos de resolución”. Estos son presentados por distintos Diputados con el fin de manifestar la preocupación de la corporación respecto a temas de interés general, nacional, o internacional; pero cuya iniciativa está reservada exclusivamente al Presidente de la República. Es esta precisamente la forma, y no la llevada a cabo por la oposición
Además, es importante tener presente que los Honorables no deben ser expertos en estas materias, pero si al menos manejar conceptos básicos de tramitación legislativa, más si estarán 4 años en el cargo, u 8 en el caso de los senadores. Por ello preocupa aún más que el problema pudiese venir del asesoramiento – para el cual se destinan cuantiosos recursos- o si quizás existen motivaciones ocultas a hacer un punto político, dado la inexistencia de sanciones al respecto.
Como se señaló hay materias de ley de exclusiva iniciativa del Presidente de la República, y por ello corresponderá aplicar un procedimiento de declaración de la inadmisibilidad, cual sea la Cámara en que se presente la iniciativa. No obstante, la Sala podrá reconsiderar la decisión tomada sobre dicha inadmisibilidad. Es aquí donde me gustaría adherirme a las palabras del columnista del Diario constitucional, Felipe Rivera, quien señala que las normas que permiten la situación descrita les otorgan la facultad a los congresistas para ser intérpretes de la Carta fundamental. Y tal como Rivera indica, si van a utilizar esta facultad, es menester que la usen con responsabilidad, y no a costa de la erosión de nuestra institucionalidad legislativa.
No es sorpresa que el proyecto de “nacionalización” de los fondos que se encuentran en las AFP, presentado por senadores de la oposición, ya tenga sus días contados, ni que ello sea culpa de sus propios autores. Sin embargo, esperemos que a futuro se evalúen sanciones a aquellos que estimen convenientes conductas antidemocráticas de este tipo que tanto dañan al país y la legitimidad de la política.

 

Agustín Soto Gidi

Fundación para el Progreso

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