Cartas al Director

A propósito de la encuesta para saber cuál es la voluntad de los chilenos respecto a la necesidad de cambiar la Constitución.

MAURICIO COZZI

7 de noviembre de 2019


Mi visión es encontrada, pues creo que la práctica del derecho en Chile obedece a una figura filosófica e intelectual obsoleta que condiciona el desarrollo.
Como soy arquitecto con estudios de planificación territorial y no abogado, veo con mejor nitidez el problema en su manifestación físico territorial, especialmente urbana. Además, es precisamente el espacio definido por nuestras ciudades, donde se expresa y potencia la incapacidad de configurar un hábitat armónico, culto y con fuertes valores humanos, fundamentales si queremos lograr cuajar en consonancia esos dos objetivos fundamentales que están en la introducción de nuestra Constitución, me refiero al desarrollo espiritual junto con el desarrollo material, precisamente los dos conceptos que hoy explican la gran diferencia de fondo que subyacente en esta demanda ciudadana.
Todos se reclama desde una perspectiva materialista por una sociedad carente de espiritualidad y o digo religiosa, sino humanamente sana.
Si el 73 fue el colapso de las utopías que venían a corregir los principios de la revolución industrial, imposibles de sobrellevar (y eso que ni siquiera ponderaba los desastres en materias ambientales que hoy nos afligen y que curiosamente no he visto en el epicentro de la bandera de lucha de las nuevas protestas).
Mi percepción es que si prevalece el principio del Derecho Romano como base del orden, redacción y práctica de la justicia, entonces, mi posición sería la siguiente:
Si para hacer justicia en todas las materias que explican la desigualdad que nos están llevando a un caos social, nos topamos con la rigidez de las leyes o de los fundamentos filosóficos de las mismas, como una de las causas que nos impiden enfrentar y resolver de manera sostenible los problemas que impiden un desarrollo integral del país. Y si para cambiar esa incoherencia de nuestras leyes, todos pasa por la necesidad que la Constitución sea la carta fundamental que obligue a que los juristas reacciones y /o las leyes evoluciones tal cual los principios fundamentales de la Constitución lo exige, conscientes que la ciencia, la tecnología, los derechos humanos, los valores culturales permanentes (y no las modas o el Mercado), entre otros,.
Entonces, si estoy de acuerdo que debemos cambiar nuestra Constitución; pero si no es así, y el asunto pasa porque la práctica del derecho en Chile al ser aparentemente tan conservadora en lo formal, se precipita hacia lo superfluo y al parecer, sin darse cuenta, conduce por el camino equivocado a todos los principios que en la Constitución aglutina la idea del desarrollo espiritual, algo que no se entiende en la Constitución, pero ahí está. Suponiendo con ello la ética, la moral y por sobre todo la honestidad y el deseo de hacer el bien al prójimo por sobre de la defensa de los intereses personales.
Es decir, en Chile no se declara pero si se practica la mentira como forma, táctica y estrategia; y eso, está muy mal.
Ej. Para la justicia chilena, pero en los hechos no, el ex presidente Lagos (en el caso Mop Gate), por falta de pruebas simplemente se salvó. Unos años después y con la misma defensa, el sacerdote o ex sacerdote, Karadima, también por falta de pruebas se salvó de sus delito, sólo que sería el Papa Francisco que le revelaría el ocultamiento de pruebas que finalmente permitió demostrar la única verdad posible.
En un país anglosajón, hoy ya se habría enjuiciado al abogado que ejerció la defensa, si se demuestra que la falta de pruebas no era más que un habitual ocultamiento de pruebas .
El caso del juez que liberó a los delincuentes que fueran detenidos en un control habitual por sospecha y buena intuición de carabineros al registrar el vehículo… pero, la Ley dice que para que lo sucedido sea real, se necesitaba contar con una orden de cateo.
Para mi, ese fallo es más que una estupideces, un cuadro dadaísta más abstracto e irreal que ese de Matta que los acompaña en vuestra oficina.
Para qué decir, si la primera justificación por esos miserables treinta pesos que encendieron la llama, fue que la Ley no lo permite, después vino la sugerencia o petición a ese comité de expertos que recularán en su accionar.
Les agradeceré muchísimo a ustedes que me aclaren primero, ¿dónde está la raíz del problema, en la Constitución o en el Modelo jurídico nacional?

MAURICIO COZZI PAREDES
ARQUITECTO U DE CHILE DE VALPARAÍSO
MG. DESARROLLO URBANO PUC (c)
ESTUDIOS DE MAGISTERIO EN DESARROLLO SUSTENTABLE
FORO LATINOAMERICANO DE CIENCIAS AMBIENTALES (FLACAM)
Cátedra UNESCO.

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