Cartas al Director

Cierre de colegios

Juan Carlos Flores Rivas - Abogado

10 de abril de 2012


Sr. Director:
La reciente medida del Ministerio de Educación de revocar el reconocimiento oficial a 37 establecimientos educacionales subvencionados, por diversos incumplimientos a la normativa educacional, tiene por finalidad impedir que esos establecimientos perciban subvenciones por carecer de validez la educación impartida por ellos. Dicha medida, nos hace considerar los cambios sustantivos que han ocurrido en materia educacional en el último tiempo.
A raíz del movimiento estudiantil del año 2006, se creó el Consejo Asesor Presidencial para la Calidad de la Educación, que propuso cambios profundos a la institucionalidad educativa, entre las propuestas destacan la creación de un Consejo Nacional de Educación, una Agencia de Calidad de la Educación y una Superintendencia de Educación.
La operación de la nueva institucionalidad educacional fue dividida en dos etapas. En la primera etapa, mediante la Ley Nº 20.370, de 2009 se crearon los tres organismos antes mencionados. En la segunda etapa, mediante la Ley Nº 20.529, de 2011 se regularon los procedimientos administrativos destinados a fiscalizar y sancionar las infracciones a la normativa educacional y la obligación de rendir cuentas públicas de los recursos públicos percibidos por los sostenedores educacionales a cualquier título.
La revocación del reconocimiento oficial impuesta por el Ministerio de Educación se inserta en el marco de la puesta en marcha de la nueva institucionalidad educacional. En consecuencia, la sanción impuesta no puede ser automática, sino que debe obedecer a la sustanciación de un previo, racional y justo procedimiento administrativo que permita la impugnación de las sanciones administrativas impuestas, en primer lugar, ante la misma autoridad, y siempre ante los tribunales de justicia.
Sin perjuicio de lo anterior, es preciso que el Estado, cada vez que aplique una sanción de esta gravedad adopte las medidas transitorias adecuadas que permitan una correcta reubicación tanto de los alumnos como de los profesores de los establecimientos sancionados, a fin de no afectar la continuidad y estabilidad que exige todo.

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