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martes 20 de mayo de 2025

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Críticas de Fries al fisacal Cooper.

La autora cuestiona la crítica de la diputada Lorena Fries al fiscal del “caso Allende”, señalando su silencio frente al uso del derecho penal de autor en causas de DD.HH., donde —según plantea— se ha vulnerado sistemáticamente el principio de culpabilidad.

En el programa Estado Nacional de TVN, emitido el día 27 de abril de 2025, a propósito del “caso Allende” y la fallida compra de la casa del ex Presidente, la diputada del Frente Amplio Lorena Fries acusó al Fiscal que lleva el caso Patricio Cooper de aplicar en su investigación un “Derecho penal de autor”, que según ella resulta contrario al principio de objetividad e independencia de la investigación.

Llama la atención la indignación de la diputada respecto de la investigación de este caso, habida cuenta que cuando dirigió el INDH o fue Subsecretaria de DDHH, o incluso como diputada, jamás criticó el proceso penal inquisitivo (que per se carece de independencia y objetividad) bajo el cual se juzgan las causas de DDHH, y en donde se aplica claramente un Derecho penal autor, específicamente, cuando observamos que, en la investigación y juzgamiento no existe una sujeción a la concepción personal del injusto, que exige una vinculación subjetiva del individuo con el hecho y no un análisis del delito desde una visión causalista del mismo y según la cual el núcleo de la infracción es la causación del resultado lesivo.

Con este actuar de los jueces inquisidores, lo que se ha hecho a lo largo de los años es horadar sistemáticamente el principio de culpabilidad penal, sin embargo, la diputada Fries ha hecho la vista gorda a esta imparcialidad manifiesta.

 

Carla Fernández Montero

Abogada, Derecho Penitenciario

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