Cartas al Director

Nulidad de la Ley de pesca: El fraude todo lo corrompe.

Pablo Manríquez Díaz

25 de noviembre de 2020


Con ocasión de la aprobación en la Cámara de Diputados del Proyecto de ley que busca la nulidad de la ley 20.657, conocida como Ley Longueira, y la posición del Gobierno en orden a buscar un pronunciamiento del Tribunal Constitucional en el evento que la iniciativa prosiga, es que surgen posturas y legítimas interrogantes que enriquecen la discusión, y que son necesarias tener presentes pues inciden en aspectos de fondo que nos atañen a todos, sin distinción. Todos volcados a resolver la siguiente pregunta: ¿Procede en nuestro ordenamiento la nulidad legislativa?

Argumentos en uno y otro sentido se han otorgado, sosteniendo el Ejecutivo y determinados parlamentarios su improcedencia, y otros la necesidad de aplicar la sanción a un acto legislativo con evidentes muestras de corrupción. En esta lógica, estimamos que más allá de las posturas, es un debate que es necesario sostener, pues no resulta lógico pretender que nuestro ordenamiento no contempla remedio alguno ante vicios de tal entidad. No es admisible sostener que nuestra Constitución Política avala el fraude y los efectos del mismo, y que ante una ley tramitada al alero del dolo, la simulación y la corrupción, nada podamos hacer como sociedad, salvo tolerar o derogar.

Quizás sea hora de abordar la posibilidad de la nulidad legislativa, en base principios ya aceptados, y darnos a la tarea de definir sus contornos y alcances. La derogación no es una sanción al acto legislativo viciado, es una forma de extinguir la ley pero validando a la misma y a sus efectos, otorgando legitimidad a la normativa y, en el caso que nos ocupa, a los “derechos” que emanaron de un engaño.

Estimamos que no cabe hablar de derechos o legitimidad en tal supuesto pues ello se opone a una máxima universalmente aceptada: Fraus Omnia Corrumpit (El Fraude todo lo corrompe). El sostener la procedencia de nulidad legislativa ante actos de la naturaleza descrita, es la única vía que resguarda los principios democráticos que inspiran a nuestra república, pretender lo contrario, implicaría validar la corrupción como mecanismo de generación de la ley, que tales vicios no son susceptibles de reproche jurídico, reconocer que el fraude ha ganado y que nuestro ordenamiento se encuentra en la penosa situación de aceptarlo.

 

Pablo Manríquez Díaz

Abogado

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  1. Toda la razón. Además cumple la función de dejar registro de la historia fidedigna de la ley y su utilidad para la interpretación y aplicación del Derecho.